Ingresos por dividendos para personas fisicas (articulo 140 lisr)

AutorLuna Guerra Antonio
Páginas52-65
REGIMEN FISCAL DE DIVIDENDOS 55
Cuando se hable de enajenación de acciones también se
considera a los derechos de participación de la A en P, y al ha-
blar de participación se refiere también a la proporción acor-
dada en el contrato. Recordemos que la A en P es un contrato
que no tiene personalidad jurídica, pero para efectos fiscales
se entiende como una persona moral, por lo tanto, los certifi-
cados de participación son como la tenencia accionaria para
estos efectos.
En operaciones en bolsa los intermediarios calcularán el
costo proporcionando constancia a la persona física tenedo-
ra de las acciones.
Cuando hablamos de enajenación de acciones, nos referi-
mos a la transmisión de los títulos representativos de una so-
ciedad, entre un accionista o tenedor del título a otra persona
dentro de la misma sociedad, predominando el derecho de
tanto, o en su caso, a una nueva persona que se forma inte-
grante de la misma.
Cuando nos referimos a reembolso de capital, es cuando
se eliminan los títulos de las acciones, para que la persona
que era titular de las mismas, cuando retira su capital en la
sociedad, y nadie se hace participe como nuevo accionista,
sino únicamente hay retiro del capital, minimizando dicho
capital. Es decir, son $ 100,000.00 de capital, hay retiro de
$ 10,000.00, quedan $ 90,000.00.
En el caso del pago de dividendos, se da cuando se es ti-
tular de las acciones, y se recibe una participación al final del
ejercicio por las utilidad generadas por la sociedad con pro-
porción al cuadro accionario; sin embargo, no hay relación
en esencia entre la enajenación de acciones y un dividendo,
salvo el efecto al calcular el costo promedio de la acción al
momento de venderla. En el caso del retiro de capital, mala-
mente es confundido como un pago de dividendo para efec-
tos fiscales.
La diferencia entre enajenación de acciones y reducción
de capital, es que en el primer caso subsisten las acciones, y
en el segundo no. En algunos casos las empresas se pueden
vender por enajenación de acciones, por venta de activos o
por la venta de la empresa total.

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