El Infonavit informa criterio de aplicación de tablas de reducción de descuentos

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El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dio a conocer mediante un oficio de carácter general emitido el 31 de julio de 2003, el criterio que los patrones deben seguir respecto a la tabla de reducción de descuentos para la amortización de créditos otorgados por el instituto.

Hay que recordar que dicha reducción de porcentajes fue aprobada el 14 de octubre de 1997, en sesión del consejo de administración del instituto, emitiendo para los efectos el acuerdo número 44782, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del 8 de diciembre de 1997.

En esa publicación se incluía una tabla en la que dependiendo del salario del trabajador -expresado en veces de salario mínimo- y la tasa máxima que se le estuviera descontando (20,25 o 30%), se determinaba la reducción de descuentos.

Cabe mencionar además, que en el acuerdo referido se hace mención de que esta disminución se aplica a los créditos concedidos por el Infonavit hasta el 30 de enero de 1998, por lo que corresponde a los patrones identificar la época en que se otorgó el crédito a fin de determinar si sus trabajadores acreditados son sujetos o no de este beneficio.

Sin embargo, un gran número de patrones aplicaron estas tablas de reducción, aun si los créditos de sus trabajadores se otorgaron en una fecha posterior, ya sea por iniciativa propia o porque las cédulas de determinación bimestrales así lo consideraban.

Por tanto, mediante el oficio citado se informa al sector patronal que aquellos patrones que aplicaron el beneficio de la reducción, sin distinguir la fecha de...

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