Créditos Infonacot. Beneficios de crédito y programa de apoyo para trabajadores al regularizar sus adeudos

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De acuerdo con el artículo 1 o. de Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Ley del Infonacot), publicada por decreto presidencial en el DOF del 24 de abril de 2006, se creó el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot) como un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como con autosuficiencia presupuestal y sectorizado en la STPS.

Este ordenamiento sustituyó al Decreto por el que se ordena la constitución del fideicomiso para la operación del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot) previsto en los artículos 103 y 103-Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y publicado en el DOF el 2 de mayo de 1974.

El Infonacot tiene como objeto jurídico promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos, para la adquisición de bienes y pago de servicios.

Su organización, funcionamiento y operación administrativos, así como sus operaciones y servicios que presta en cumplimiento de su objeto jurídico, se rigen fundamentalmente por lo estipulado en los textos vigentes de la CPEUM, la LFT, la Ley del Infonacot, el Reglamento de la Ley del Infonacot, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2006, y el Estatuto Orgánico del Infonacot, dado a conocer en el mismo órgano informativo el 15 de junio de 2009.

Estructura orgánica

En términos del artículo 2o. de la Ley del Infonacot, el instituto tendrá como objetivos promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar su acceso a créditos para la adquisición de bienes y pago de servicios, lo cual significa la continuación de la misma misión por la que fue creado el Fonacot.

Para el cumplimiento de sus objetivos, en términos de su Estatuto Orgánico, el Infonacot está integrado por un consejo directivo, por directores y subdirectores generales y de área, entre los que destacan los de crédito, cobranza, promoción comercial y supervisión de riesgo, entre otros.

Quiénes pueden adquirir créditos del Infonacot

Como institución financiera de los trabajadores, el Infonacot otorga crédito a los empleados de los centros de trabajo afiliados que perciban a partir de un salario mínimo mensual del área geográfica en la que se localicen, en adelante, para la adquisición de productos y servicios de alta calidad y a precio de contado.

Conforme al artículo 8o., fracción VIII, de la Ley del Infonacot, además de considerar a los trabajadores de la iniciativa privada en el otorgamiento de créditos, también se podrán celebrar convenios con las entidades federativas y los gobiernos de los municipios, así como con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para que tanto los trabajadores del sector privado como del público gocen del crédito que otorgará el Infonacot.

Beneficios que otorga el Infonacot

El Infonacot asume que al otorgar los créditos se mejorará el nivel de vida de los trabajadores; por tanto, al proporcionar el financiamiento ofrece los beneficios siguientes:

  1. Bajas tasas de interés.

  2. No se requiere enganche ni fiador.

  3. No se efectúa investigación en el buró de crédito.

  4. El crédito puede ser obtenido en diversos puntos de venta en el ámbito nacional.

  5. Los productos y servicios que ofrecen los establecimientos y cadenas comerciales son de alta calidad.

  6. Los descuentos son por nómina.

  7. Se puede obtener un crédito entre dos o más integrantes de una familia.

  8. Los productos también se pueden adquirir mediante tarjeta de crédito Fonacot.

Afiliación de los centros de trabajo ante el Infonacot

En la actualidad, para que los trabajadores puedan tener acceso a un crédito del instituto se requiere que el centro de trabajo en el que laboren esté afiliado al fondo. Los requisitos que deben cubrir los centros de trabajo son los siguientes:

Requisitos de incorporación
  1. Contar con dos años de antigüedad y al menos con ocho trabajadores, o bien, diez años de antigüedad y más de tres trabajadores.

  2. Estar regulados por la LFT.

  3. Estar incorporados al IMSS.

También, deben presentar en original y copia la documentación siguiente:

En el caso de patrón persona física
  1. Solicitud de afiliación.

  2. Cédula de registro ante la SHCP.

  3. Ultimo pago bimestral al IMSS.

  4. Carta del proveedor dirigida al Infonacot (sólo original).

  5. Identificación oficial del propietario o del representante legal.

  6. Identificación oficial vigente de la(s) persona(s) facultada(s) para firmar las tarjetas de seguros y fianzas.

  7. Suscribir la tarjeta de solicitud de registro de firmas en dos tantos.

  8. Suscribir el formato de autorización de consulta en el buró de crédito.

  9. En caso de que el propietario actúe por cuenta de un representante legal, deberá presentar el poder notarial inscrito ante el Registro Público de Comercio (RPC).

Si se trata de personas morales

Además de la documentación anterior, presentar original y copia de lo siguiente:

  1. Escritura constitutiva de la sociedad inscrita en el RPC.

  2. Poder notarial otorgado al representante legal de la empresa.

    Respecto a la incorporación de estados, municipios y otros organismos, los requisitos que deben cumplir son los siguientes:

  3. Solicitud de afiliación.

  4. Norma constitutiva.

  5. Ley orgánica de los poderes al servicio del Estado.

  6. Legislación laboral aplicable.

  7. Régimen de seguridad social.

  8. Contrato colectivo de trabajo o análogo.

  9. Acuerdo del órgano de gobierno.

  10. Acuerdo de cabildo.

  11. Nombramiento de funcionario solicitante.

  12. Nombramiento del presidente municipal.

  13. Facultades o poder notarial.

  14. Identificación oficial vigente.

  15. Suscribir convenio institucional de afiliación.

  16. Suscribir el formato de información crediticia en el buró de crédito.

  17. Instrumento que confiere facultades al funcionario solicitante para obligar a su representada.

    Una vez cumplidos dichos requisitos, el Infonacot determinará si procede la afiliación y acordará con el propieta- rio o el representante legal una visita al domicilio fiscal en un plazo de dos días hábiles.

    Al momento de realizar la visita al centro de trabajo, el interesado o su representante deberá presentar para su cotejo la documentación siguiente:

  18. Solicitud de afiliación.

  19. Legislación laboral aplicable.

  20. Régimen de seguridad social.

  21. Contrato colectivo de trabajo o análogo.

  22. Acuerdo del órgano de gobierno.

  23. Identificación oficial vigente.

    Además de...

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