Se modifica el Decreto Immex para incorporar el anexo 1-Bis que establece diversas fracciones arancelarias para importar azúcar

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En en DOF del 16 de mayo de 2008, la SE publicó el Decreto por el que se modifica el diverso para el fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto Immex), dado a conocer en el DOF el 1o. de noviembre de 2006.

Con esta publicación se efectuaron algunas adecuaciones al Decreto Immex a fin de incorporar el anexo 1-Bis que incluye las fracciones arancelarias para importar azúcar en estado seco, azúcar líquida refinada, azúcar invertida y jarabes aromatizados o con adición de colorantes al amparo de los programas Immex, en virtud de que los representantes de la industria azucarera nacional han manifestado su conformidad al respecto.

Así, se modificó el artículo 4o, fracción I, segundo párrafo, del Decreto Immex para establecer que cuando las mercancías previstas en dicha fracción se encuentren comprendidas en el anexo I-Bis del Decreto Immex, el plazo de permanencia será de hasta seis meses.

También se modificó el artículo 5o., fracción I, del Decreto Immex para disponer que la SE, previa opinión de la SHCP, determinará mediante acuerdo publicado en el DOF los requisitos...

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