Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio

AutorRaymundo Fol Olguin - José Pérez Chávez
Páginas647-653

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>INCAPACIDAD MEDICA ACUMULABLE A LAS SEMANAS REQUERIDAS PARA EL SUBSIDIO EN ENFERMEDADES Y MATERNIDAD
73.- Para efec tos de la cer ti fi ca ción del de re cho al sub si dio en el Se gu ro deEnfermedadesyMaternidad,seconsideraráncomosemanasdecotizaciónlasqueseencuentrenamparadasporcertificadodeincapacidadmédicaparaeltrabajo,expedidoporelInstituto.

SALARIO BASE PARA DETERMINAR EL SUBSIDIO
POR RECAIDA DE UN RIESGO
74.- Para efec tos del otor ga mien to del sub si dio a que se re fie re el pá rra fo pri me ro del ar tí cu lo 62 de la Ley, se es ta rá a lo si guien te:
EN CONDICIONES DE ASEGURADO
I. El tra ba ja dor que sufra una re caí da de ri va da de un ries go de tra ba jo, es -tan do vi gen te su con di ción de ase gu ra do, ya sea con el pa trón con el que ocu rrió el ries go o con otro di fe ren te, el sa la rio que ser vi rá de base para cer -ti fi car el pago del sub si dio o en su caso, de la pen sión o re va lua ción de la misma, será el que tenga re gis tra do al mo men to de que el Ins ti tu to de ter mi -ne la pro ce den cia de la re caí da; y
EN CONDICIONES DE NO ASEGURADO
II. En el su pues to de que un tra ba ja dor que no te nien do ya la con di ción de ase gu ra do, sufra una re caí da den tro de las cin cuen ta y dos se ma nas a que se re fie re el pá rra fo se gun do de la frac ción I del ar tí cu lo 58 de la Ley, ten drá derechoalsubsidio,ademásdelasprestacionesenespeciedelsegurode riesgosdetrabajo,hastacompletarelreferidoperiodo,descontandoel lapso que hu bie re trans cu rri do entre la fecha en que el tra ba ja dor haya sido dado de baja ante el Ins ti tu to y aquel la en que el pro pio Ins ti tu to de ter mi ne que el tra ba ja dor su frió una re caí da, por lo que por dicho pe rio do no se cu -briráelsubsidiodereferenciaaltrabajador.Cumplidaslascincuentaydos semanas,seextinguiráelderechoalsubsidioydemásprestaciones.

En este caso, el sub si dio a pagar se cal cu la rá to man do como sa la rio base aquel con el que el tra ba ja dor haya es ta do re gis tra do en la fecha de su úl ti -momovimientodebaja.

RACERF–INCORPORACION VOLUNTARIA RACERF–DISPOSICIONES GENERALES

TITULO TERCERO

Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio

CAPITULO I

Disposiciones Generales

INCORPORACION VOLUNTARIA INDIVIDUAL O COLECTIVA
75.- Laincorporaciónvoluntariadelossujetosdeaseguramiento,aque se re fie re el ar tí cu lo 13 de la Ley, podrá ser en forma in di vi dual o co lec ti va.

La co lec ti va en favor de ter ce ros, sólo podrá rea li zar se por una per so na morallegalmenteconstituidaconlosquemantengauninterésjurídico.

Laincorporaciónaquesehacereferenciaenlospárrafosanterioresse haráasolicitudexpresadelosinteresados,enlostérminossiguientes:

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INCORPORACION INDIVIDUAL
I. Laindividualseformalizaráatravésdelosformatosimpresosquepara estepropósitoestablezcaelInstituto,mismosquesurtiránlosefectosdeun convenio,debiendosersuscritosporelpropiointeresado;y

INCORPORACION COLECTIVA
II. Lacolectivaseformalizará,previasolicitud,mediantelacelebraciónde un con ve nio, el cual de be rá ser sus cri to por el re pre sen tan te legal del con tra -tanteyporelInstituto,ycomprenderáunmínimodeveinticincopersonas.

En este caso, la ins crip ción ini cial se de be rá efec tuar ante el Ins ti tu to a tra -vésdelosformatosautorizadosporéste,mismosquedeberánllenarindividualmentelosinteresados.

INCORPORACION VOLUNTARIA DE TRABAJADORES DOMESTICOS
76.- Laincorporaciónvoluntariadelostrabajadoresdomésticos,sehará enformaindividualysuinscripcióndeberárealizarseporelpatrónpersona física.

En este caso, ade más de lo pre vis to en el ar tí cu lo 87 de este Re gla men to, laincorporaciónvoluntariaconcluyeporcomunicacióndelpatrónpersona físicaalInstitutodeltérminodelarelaciónlaboral.

PERIODOS DE INSCRIPCION Y DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS
77.- Las in cor po ra cio nes de los su je tos a que se re fie re este Tí tu lo se po -drán rea li zar en cual quier día hábil del año, en los ór ga nos de ope ra ción ad -ministrativadesconcentrada quecorrespondanaldomiciliodedichossujetos o en los lu ga res que para tal efec to ha bi li te el Ins ti tu to.

Eliniciodelosserviciosparalasincorporacionesindividualesocolectivas, será a par tir del día pri me ro del mes ca len da rio si guien te al de la ins -cripción.

INCORPORACION VOLUNTARIA DEL PATRON PERSONA FISICA
78.- ...

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