La incorporación a la seguridad social de las personas trabajadoras del hogar

AutorMaría Susana García Soto
CargoAcademia Mexicana de Derecho de la Seguridad Social, Colegio de Jalisco, A.C.
Páginas26-29
26 / / Septiembre 2019
www.fnamcp.org
Introducción
El trabajador doméstico o empleado del hogar,
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como sea que se le llame, abarca todas las actividades que
se realizan dentro de un hogar para satisfacer necesidades
básicas y de bienestar en favor del mismo, y permite
a los integrantes de dicho hogar, poder desempeñarse
laboralmente fuera de su casa y en otras áreas, con la
certeza de que su casa estará atendida y cuidada; razón
por la cual este tipo de trabajo es trascendente e incide
en el funcionamiento del sistema económico y social,
aunque durante la historia de las civilizaciones siempre
ha sido invisible y desvalorizado, como si fuera un trabajo
exclusivo para gente socialmente discriminada.
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este artículo, destacar las principales características que
a nivel nacional e internacional encontramos respecto
a las personas que se dedican al trabajo doméstico,
una labor que realizan principalmente las mujeres. Por
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implementadas las reformas a la Ley del Seguro Social
respecto de la incorporación de las personas trabajadoras
del hogar en el régimen obligatorio del IMSS, reformas
que son de reciente publicación.
A nivel mundial, la Organización Internacional del trabajo
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Domésticos. En ese convenio se reconoce el trabajo
doméstico y de cuidados, remunerado como un trabajo
con derechos laborales; México es uno de los tantos
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a las desigualdades que se generan en torno a la actividad
laboral dentro de un hogar, a pesar de que esta actividad
representa más del 20% del PIB en el país.
Contexto Internacional
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embargo, desde 2006 aprobó la ley 18.065 que supuso
la inclusión total de este sector laboral en el esquema de
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pero también es un país que desde 1956 legisló el sector
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obstante, en 1978 registran su primer plan laboral donde
incorporan el contrato especial de trabajadores de casa
particular, el cual fue ampliando su espectro de protección
y haciendo más inclusiva la legislación; en 2014 la reforma
a la ley 20.786 dio total acceso al esquema de seguridad
social y a la determinación de condiciones laborales.
En un comparativo que realizó el Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación (CONAPRED) en América Latina
entre Argentina, Chile, Uruguay y México, concluyó que los
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doméstico como una actividad laboral con condiciones
de trabajo y con acceso a los sistemas de seguridad
social. Se contemplan inspecciones a los hogares para
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establecido. En el caso de Argentina, una Comisión para
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21 dentro del Consejo de Salarios, y en Chile son dos
ordenamientos los que tratan el tema: la ley 20.786 que
establece que la remuneración no comprende alimentos
ni habitación y la ley 20.279 que contempla el incremento
gradual al ingreso mínimo mensual.
En el caso de México, apenas se está implementando
un programa piloto para la incorporación de personas
trabajadoras del hogar, y recientemente se legisló en
materia de prestaciones de seguridad social pero falta
su implementación. El mismo CONAPRED sostiene que el
porcentaje de cobertura por país en materia de seguridad
social para las personas que trabajan en actividades
domésticas es muy variante, siendo Uruguay el que
brinda mayor protección y México el que prácticamente
no lo contempla.
Contexto Nacional
A pesar de las importantes contribuciones económicas
y sociales de las trabajadoras del hogar remuneradas,
LA INCORPORACIÓN
A LA SEGURIDAD
SOCIAL DE LAS
PERSONAS
TRABAJADORAS
DEL HOGAR
Dra. María Susana García Soto
Colaborador Invitado Academia Mexicana de Derecho de la
Seguridad Social, Colegio de Jalisco, A.C.

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