Incorporación Municipal de La Tercera Etapa de Urbanización del Fraccionamiento 'rosa Morada', Ubicado en La Parcela No. 92 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua de Este Municipio

Fecha de disposición06 Octubre 2007
Fecha de publicación06 Octubre 2007
SecciónSección General
Número de Gaceta45

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MANZANILLO, COLIMA.

INCORPORACIÓNMUNICIPAL DE LA TERCERA ETAPA DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO "ROSA MORADA", UBICADO EN LA PARCELA No. 92 Z-1 P1/1 DEL EJIDO SALAGUA DE ESTE MUNICIPIO.

A C U E R D ORELATIVO A UN DICTAMEN TÉCNICO CORRESPONDIENTE A LA INCORPORACIÓN MUNICIPAL DE LA TERCERA ETAPA DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO "ROSA MORADA", UBICADO EN LA PARCELA No. 92 Z-1 P1/1 DEL EJIDO DE SALAGUA DE ESTE MUNICIPIO, QUE PROMUEVE LA EMPRESA URBANIZADORA Y VIVIENDA PLAINCO, S.A. DE C.V.

  1. Virgilio Mendoza Amezcua, Presidente Municipal de Manzanillo, Col. a sus habitantes hace SABER:

Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 87 fracción V de la Constitución Política del Estado de Colima, y el Capítulo IV del Título Octavo de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, publicada el 4 de octubre de 1997 así como las reformas a la misma, y en virtud de que con fecha 24 de Septiembre del 2007, los integrantes del H. Cabildo aprobaron por unanimidad el dictamen técnico presentado por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Ecología del municipio de Manzanillo, Colima, que resuelve sobre la Incorporación Municipal de la Tercera Etapa de Urbanización del Fraccionamiento "Rosa Morada", ubicado en la Parcela No. 92 Z-1 P1/1 del Ejido de Salagua de este Municipio, que promueve la empresa urbanizadora y vivienda Plainco, S.A. de C.V., y de conformidad con las facultades que se otorgan en el artículo 47 fracción I incisos a) y f) de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

  1. - En Sesión Pública Extraordinaria No.53, celebrada por el H. Cabildo el día lunes 24 veinticuatro de Septiembre del año 2007, en el punto seis del orden del día fue analizado el dictamen técnico presentado por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Ecología por conducto de su titular el m. Arq. Ernesto II Vergara Orozco, correspondiente a la Incorporación Municipal de la Tercera Etapa de Urbanización del Fraccionamiento "Rosa Morada", ubicado en la parcela No. 92 Z-1 P1/1 del ejido de Salagua de este Municipio, que promueve la empresa Urbanizadora y Vivienda Plainco, S.A. de C.V., y en el que se dictamina procedente la Incorporación Municipal de 83 lotes urbanos correspondientes a las manzanas M-293 L-1 AL L-33; M-294 L-1 AL L-33 Y M-295 L-1, L-18 AL L-33 correspondientes a la TERCERA ETAPA DE URBANIZACIÓN DEL "FRACCIONAMIENTO ROSA MORADA", localizado en la Parcela N°. 92 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua de este Municipio; documento que se tiene como un anexo a la presente acta, mismo que fue sometido a su consideración del pleno resultando aprobado por unanimidad de votos, en virtud de lo expuesto, el Honorable Cabildo ha tenido a bien expedir el siguiente:

    A C U E R D O:

    LA LICDA. GABRIELA BENAVIDES COBOS, SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE MANZANILLO, COLIMA, HACE CONSTAR YC E R T I F I C AQUE EN EL

    ACTA DE SESIÓN PÚBLICA NO. 53, DE CARÁCTER EXTRAORDINARIA

    QUE CELEBRÓ EL HONORABLE CABILDO EL DÍA LUNES 24 VEINTICUATRO DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 DOS MIL SIETE, A LAS 12:00 DOCE HORAS, EN ELPUNTO SEIS

    DEL ORDEN DEL DÍA, OBRA UN ACUERDO QUE ENSU PARTE CONDUCENTE DICE: EL MTRO. EN ARQ. ERNESTO II VERGARA OROZCO, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA PRESENTÓ ANTE EL PLENO UN DICTAMEN TÉCNICO CORRESPONDIENTE A LA INCORPORACIÓN MUNICIPAL DE LA TERCERA ETAPA DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO "ROSA MORADA", UBICADO EN LA PARCELA No. 92 Z-1 P1/1 DEL EJIDO DE SALAGUA DE ESTE MUNICIPIO, QUE PROMUEVE LA EMPRESA URBANIZADORA Y VIVIENDA PLAINCO, S.A. DE C.V., TAL Y COMO SE DESCRIBE ENSEGUIDA:

    En atención a las disposiciones del Capítulo IV del Título Octavo de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, publicada el 4 de Octubre de 1997 y las reformas a la misma, publicadas el 24 de Enero de 2004, y el 4 de Diciembre de 2004; y con fundamento en la fracción XVII del artículo 22 y el artículo 330 de la citada Ley; la Dirección General de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Manzanillo, pone a consideración del H. Cabildo el presente DICTAMEN DE INCORPORACIÓN MUNICIPALDE LAS MANZANAS: M-293 L-1 AL L-33, M-294 L-1 AL L-33, M-295 L-1 Y L-18 AL L-33; CORRESPONDIENTES A LA 3ª. ETAPA DE URBANIZACIÓN DEL "FRACCIONAMIENTO ROSA MORADA" A petición de la empresa URBANIZADORA Y VIVIENDA PLAINCO, S.A. de C.V.; solicita incorporar 83 lotes urbanos correspondientes a las manzanas M-293 L-1 AL L-33, M-294 L-1 AL L-33, M-295 L-1 Y L-18 AL L-33; correspondientes a la TERCERA ETAPA DE URBANIZACIÓN DEL "FRACCIONAMIENTO ROSA MORADA", localizado en la Parcela N°. 92 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua de este Municipio; y considerando:

    PRIMERO.-

    Que el día 24 de Julio de 2000, la DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA extendió Dictamen de Vocación del Suelo, mediante oficio N°. DDUE-0363/00., señalando como procedente desarrollar fraccionamiento habitacional densidad alta y/o habitacional mixto densidad baja, en la Parcela N°. 92 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua de este Municipio;

    SEGUNDO.-

    Que el día 26 de Enero de 2001, la DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA extendió Dictamen de Vocación del Suelo, Uso y Destino mediante oficio N°. DVS/0238/01., señalando como procedente desarrollar fraccionamiento habitacional densidad alta, en la Parcela N°. 92 Z-1 P1/1 del Ejido Salagua de este Municipio;

    TERCERO.-

    Que el día 19 de Febrero de 2001, la DIRECTORA DE ECOLOGÍA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA mediante oficio N°. 05.080.01., como consecuencia del análisis y evaluación del Informe de Factibilidad Ambiental del proyecto de urbanización y construcción denominado "FRACCIONAMIENTO ROSA MORADA", promovido por la empresa URBANIZADORA Y VIVIENDA PLAINCO, S.A. DE C.V., representada en este acto por el Ing. Gerardo Solórzano García en su carácter de Director General de la misma; con pretendida ubicación en la Parcela Nº. 92 Z-1 P1/1 del Ejido salagua, municipio de Manzanillo, Col.; y considerando como resultado del análisis y evaluación del proyecto de urbanización y construcción, se concluye que ES FACTIBLE SU AUTORIZACIÓN, siempre y cuando se sujete al cumplimiento de las medidas propuestas en el Informe de Falibilidad Ambiental y en los términos y condiciones del presente oficio resolutivo, con el objeto de mitigar los impactos adversos que pudieran presentarse durante la construcción y operación, sobre los componentes ambientales del lugar. En apego a lo anterior y con fundamento en los artículos 26 al 30 de la Ley de Preservación Ambiental del Estado de Colima, y el Artículo 5 y 19 del Reglamento de Impacto y Riesgo Ambiental y Auditorías Ecológicas de la citada ley, la Dirección de Ecología considera que el proyecto señalado ES PROCEDENTE, y por lo tanto ha resuelto AUTORIZAR DE MANERA CONDICIONADA la realización de la obra, debiéndose sujetar a los términos y condicionantes señalados.

    CUARTO.-

    Que el día 21 de Junio de 2001, el H. CABILDO MUNICIPAL celebró la Sesión Pública Ordinaria N°. 34, y que en el punto dieciséis del orden del día, obra un acuerdo que en su parte relativa dice...

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