Impuestos diferidos y recuperación de activos por pérdidas fiscales (Segunda y última parte)

AutorSergio Rodolfo García Guerrero
CargoIntegrante de la Comisión de Normas de Información Financiera del IMCP
Páginas63-64
Contaduría PúbliCa 63
CONIF
62 año 52 núm. 613
IMCE
LIC. ErNEStO O´FArrILL SANtOSCOy
Presidente de Bursamétrica
Colaboración especial de la Lic. Sofía Santoscoy Pineda
Índice de julio
El IMCE de julio de 2023 marcó un a disminución mensual de -3.83%, al ubicarse en
75.28 puntos, descendiendo -2.99 puntos en relación con junio. De acuerdo con sus
componentes: la situación act ual tropezó en el mes -3.31% hacia 70.53 puntos desde
los 72.95 puntos. En cuanto a la situac ión futura, que representa la confianza en los
próximos seis meses, registró una reducc ión de -4.37%, al bajar 3.72 puntos ha cia 81.22
unidades.
En comparación c on julio de 2022, el IMCE subió a una tasa a nual de 7.89%, ante un
incremento de 7.77% en la situación actual y de 8.03% en la situación futura.
Las condicione s de inseguridad en el país fueron s eleccionadas una vez más como e l
principal fac tor que limita la economía m exicana. En segundo lugar, se eligió la falta de
capital y en tercero, la disponibilidad de financiamiento.
Diseño, metodología y cálculo elaborados por la Comisión de Análisis Económico del IMCP, con datos de la
membrecía de los Colegios de Contadores Públicos Federados al Instituto, y aportantes externos de información.
Impuestos diferidos y
recuperación de activos por
pérdidas fiscales
(Segunda y última parte)
C.P.C. SErgIO rODOLFO gArCÍA guErrErO
Integrante de la Comisión de Normas de Información
Financiera del IMCP
sergio.garcia@mx.ey.com
Evaluación de la probabilidad de la
existencia de una certeza razonable de
utilidades fiscales futuras suficientes
La NIF A-1 Estruct ura de las Normas de Información
Financiera, establece que debe entenderse como
probable, la existencia de una certeza razonable de
que un evento ocurrirá con base en la información,
pruebas, evidencias o datos disponibles. El concepto
de probabilidad debe entenderse de acuerdo con lo
establecido en la NIF A-1 y basarse en un umbral “más
probable que no”, es decir, > 50 por ciento).
En la evaluación de la recuperabilidad de los activos
por impuestos diferidos, es importante considerar lo
siguiente que en la práctica se realiza:
En la preparación de proyecciones fiscales y
financieras:
a) En la medida en que se extienda más el
horizonte de tiempo hacía el futuro, es un
indicador de que estas mismas podrían haber
sido preparadas con un grado de subjetividad
mayor y por consiguiente podrían ser menos
confiables.
b) Dichas proyecciones deben ser razonables
y estar soportadas con evidencia disponible y
verificable que permita tener la certeza de que
serán alcanzables en el futuro.
La existencia de pérdidas fiscales acumuladas y
generadas recientemente y no amortizadas, es
una prueba contundente de que utilidades fiscales
futuras podrían no generarse en el futuro.
Cuando una entidad tenga un historial de pérdidas
fiscales, así como pérdidas contables antes de
impuestos recientes y no tengan suficientes
diferencias temporales gravables, las proyecciones
deben proporcionar pruebas convincentes y con
información verificable para reconocer los activos
por impuestos diferidos.
Al evaluar si es probable que se disponga de suficientes
utilidades fiscales futuras, deberían tenerse en cuenta
la naturaleza, el origen y los plazos en los cuales se
compensarán las diferencias temporales deducibles
y gravables. Los siguientes ejemplos de evidencia
favorable, por ejemplo, pueden respaldar la afirmación
de que es probable que se disponga de utilidades
fiscales futuras (esta lista no es exhaustiva, solo
indicativa):
Las pérdidas ocurrieron debido a eventos únicos
identificables y no recurrentes.
Un historial de utilidades fiscales y financieras.
Evidencia tal como contratos en firme sobre
nuevas oportunidades de negocio.
Planes aprobados y contratos establecidos sobre
reestructuración o enajenación que elimine
claramente las fuentes de pérdida fiscal y
financiera.
Estrategias convincentes de planeación fiscal.
Contratos firmados con nuevos clientes.
Adquisiciones de entidades que generen
utilidades fiscales y financieras que soporten la
utilización futura de pérdidas fiscales.
Por el contrario, los siguientes ejemplos de pruebas
en contrario pueden indicar que no es probable que se
disponga de beneficios imponibles futuros:

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