La importancia del tiempo en los procedimientos concúrsales

AutorLuis Manuel C. Méjan
CargoDoctor en Derecho por la UNAM y ex director general del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles.
Páginas18-21

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Desiderátum constitucional de la impartición de justicia es que seapronta y expedita. Nada aleja más a los ciudadanos de confiar en el aparato de justicia que visualizar éxodos larguísimos en el tiempo para conseguir una finalidad.

En materia financiera —y la situación concursal lo es—, el tiempo es el factor más crítico. El dinero se afecta con el tiempo. Cuando lo que menos hay es dinero, situación típica del fenómeno de la insolvencia, el tiempo puede destruir el poco valor que aún queda. La expresión popular "El tiempo es dinero" es totalmente valedera en una problemática concursal.

Tanto en una situación de conciliación como de quiebra, tomar decisiones e instrumentarlas con presteza incrementa el resultado positivo. La diferencia entre lograr una reorganización o liquidar la empresa, o entre recuperar una mayor cantidad que una menor, puede estar en prolongar demasiado el procedimiento concursal.

Ésta es una preocupación mundial. La ley brasileña dice: "El proceso de insolvencia atenderá los principios de celeridad y de economía procesal" (artículo 75). Y la reciente legislación de Serbia de febrero de 2010, lo dice de la misma forma: "Principio de urgencia. Artículo 8. El procedimiento concursal será urgente. En él no se permitirá ni suspensión ni interrupción". Una decisión jurisprudencial de Argentina dice: "El Banco Central, en su carácter de síndico liquidador, debe practicar distribución de fondos, con la celeridad que el sistema concursal exige, para la realización y distribución del activo concursal" Y la Guía Legislativa de las Naciones Unidas recomienda: "Las situaciones de insolvencia deben abordarse y resolverse de forma ordenada, rápida y eficiente con miras a evitar una perturbación indebida de las actividades empresariales del deudor y para reducir al mínimo el costo del procedimiento" (página 14, y recomendación 1, en página 17). (Las cursivas son mías.)

En una encuesta que el autor practicó a 75 profesionales del mundo de la insolvencia en 40 países, se encontró que 75 por ciento de ellos han construido su legislación buscando que los tiempos procesales sean menores que lo que lo son para los otros procedimientos legislados de esos países. Solamente 25 por ciento reportó que no existía un propósito específico para acortar plazos en la legislación de insolvencia, comparada con sus otras leyes procesales.

En general, los encuestados convinieron en que los tiempos ideales marcados por el legislador normalmente no se cumplen pero sirven de norte en la...

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