El impacto de las operaciones inexistentes

AutorCPC Ricardo Arellano
Páginas21-24
1. Las ideas y opiniones expresadas en este escrito son de l autor y no necesariamente representan las ideas y opiniones de KPMG en México.
El impacto de las
operaciones
inexistentes1
ØCPC RICARDO ARELLANO
SOCIO LÍDER DE IMPUESTOS Y LEGAL DE LA REGIÓN BA-
JÍO, A CARGO DE LA OFICINA LEÓN DE KPMG
EN MÉXICO
ASESORIA@KPMG.COM.MX
VISITA: WWW.DELINEANDOESTRATEGIAS.COM
Cabe destacar que el 8 de septiembre de 2013 se pre-
sentó ante el Congreso de la Unión, la iniciativa e n re-
lación con este tema, la cu al fue aprobada y entró en
vigor a partir de 2014, mediante la incorporación en el
CFF del artículo 69-B, que otorga la facultad a las auto-
ridades tributarias de presumir la inexistencia de opera-
ciones amparadas en comprobantes cuando detecten
que los contribuyentes no cue ntan con activos, perso-
nal, infraestructura, capacidad material, directa o indi-
recta, para prestar servicios, producir, comercializar o
entregar los bienes que amparan los comprobantes, o
que tales contribuyentes no se encuentran localizados.
Entre las razones esgrimidas por la autoridad para con-
siderar que se trata de operaciones inexistentes, desta-
can las siguientes:
1. Qu e el objeto social del emisor del compro-
bante es amplio y, por ello, ofrece compro-
bantes fiscales con conceptos que terminan
El papel que en la actualidad juegan tanto contribuyen-
tes como autoridades fiscales es sumamente impor-
tante para generar una sana re lación tributaria, y tiene
como premisa fundamental el respeto al estado de de-
recho que en toda sociedad siempre debe prevalecer.
Lo anterior se ve afectado por el impacto de las ope-
raciones consideradas inexistentes, las cuales no sólo
dañan dicha relación, sino que además generan un am-
biente adverso en el sector empresarial, lo que repre-
senta un freno en mu chas de las iniciativas y proyectos
tanto de índole del sector público como privado.
Para las empresas, es de vital importancia establecer
controles suficientemente maduros que les permitan
evitar encontrarse en u na situación de este tipo, ya que
podría ocasionarles efectos no óptimos, como la can-
celación de sus sellos digitales que les impediría emitir
comprobante fiscal digital por Internet (CFDI), el posible
congelamiento de sus cuentas bancarias e inclu so tipi-
ficarse como delito.
A21
1a. quincena
octubre 2017
FISCAL
Colaboraciones

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