El IETU: ¿la reforma fiscal que esperaba México?

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El 1° de octubre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto mediante el cual se expide la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU). Dicha ley forma parte de una serie de reformas a diversos cuerpos normativos en materia fiscal y dio paso a la expedición de una ley sin precedentes en nuestro país: la Ley de Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE). Sin embargo, los contribuyentes han resentido severas cargas fiscales y administrativas con la entrada en vigor de estos ordenamientos.

El IETU es un impuesto con fines meramente recaudatorios, que ha venido a endurecer la carga tributaria de los contribuyentes establecidos y registrados, pese a que el rezago recaudatorio se centra en la economía informal; es decir, en la que no contribuye al gasto público y no paga impuestos. La tasa del IETU será de 16.5% en 2008, 17% en 2009 y 17.5% para los siguientes ejercicios.

Como era de esperarse, se ha cuestionado la constitucionalidad del IETU, y por ende, muchos contribuyentes han solicitado la protección de la justicia federal mediante el juicio de amparo. Si bien el amparo fiscal ha dejado de cumplir la función para la que se creó —evitar los abusos de un Poder Ejecutivo omnipotente— y exige ser revisado a fondo, en el caso de la Ley del IETU parece recobrar algo de su perdida dignidad, dada la poca visión con que se fijó el impuesto.

Dentro de los vicios de inconstitucionalidad que se han hecho valer en contra de esta ley destaca la no deducibilidad de "las erogaciones que efectúen los contribuyentes y que, a su vez, para la persona que las reciba sean ingresos en los términos del artículo 110 de la Ley del Impuesto sobre la Renta" Dicho en otras palabras, no serán deducibles los salarios y lo que compone la nómina de los contribuyentes. Este dispositivo representa una afectación directa a la capacidad económica de los contribuyentes que cuentan con una plantilla de personal a su cargo.

No puede determinarse que la retribución que un patrón otorga a sus trabajadores no sea considerada como un gasto estrictamente indispensable para la realización de las actividades ordinarias de cualquier empresa. Esto ha traído, como consecuencia para las empresas, enfrentar esta carga mediante la implementación de mecanismos que permitan, de alguna forma, paliar la situación. Por un lado, el impacto económico del IETU se ha reflejado directamente en los trabajadores al desalentarse planes de remuneración que contemplaban...

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