Acuerdo 5/2014 del Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, por el que se aprueba reformar, adicionar y derogar diversos artículos del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL

ACUERDO 5/2014 DEL CONSEJO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL, POR EL QUE SE APRUEBA REFORMAR, ADICIONAR Y DEROGAR DIVERSOS ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL.

En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil catorce las y los Consejeros presentes, así como la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y del H. Consejo de la misma, por unanimidad de votos, en términos de lo dispuesto por los artículos 7, fracciones I y II, 11, 20, fracciones II y III, y 22, fracciones II y V, de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; y, 20, fracción VIII, de su Reglamento Interno, y

C O N S I D E R A N D O

1. La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto es la protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión de los derechos humanos establecidos en el orden jurídico mexicano y en los instrumentos internacionales de la materia, así como el combate a toda forma de discriminación y exclusión, consecuencia de un acto de autoridad a cualquier persona o grupo social.

2. La Comisión se integra con la o el Presidente, el Consejo, las o los Visitadores Generales que determine su Reglamento Interno, la Contraloría Interna y con el personal profesional, técnico y administrativo necesario para el desarrollo de sus actividades.

3. El cinco de noviembre de dos mil trece, el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (Asamblea Legislativa) aprobó el nombramiento de la Doctora Perla Gómez Gallardo, como Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, el cual fue publicado el veintinueve del mismo mes y año en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (Gaceta Oficial).

4. A fin de atender debidamente las obligaciones de este Organismo Público Autónomo de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos conforme a su ámbito de competencia, contenidas en el párrafo tercero del artículo y 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, resulta indispensable implementar diversas estrategias, instrumentos y mecanismos que rijan el actuar de esta Comisión.

5. Después de una valoración de la operación de las diversas áreas de apoyo, derivada del intercambio de experiencias con sus titulares, la Presidencia de esta Comisión en uso de las facultades conferidas en la Ley y el Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, relacionadas con la dirección y coordinación de las funciones de los órganos y de las áreas de apoyo que conforman la estructura de la Comisión, somete a consideración del Consejo la reforma al Reglamento Interno de éste órgano, cuyas líneas generales se exponen en los puntos siguientes.

6. Conscientes de la relevancia que implica la vinculación de las actividades de esta Comisión con los diferentes organismos públicos, sociales, nacionales e internacionales y la elaboración de una estrategia que coadyuve con el cumplimiento de los objetivos institucionales, resulta necesario fortalecer a la Comisión con una Secretaría de Vinculación Estratégica que a su vez cuente con una estructura inicial que le permita generar un plan de trabajo que favorezca a los intereses de este organismo defensor de los derechos humanos.

7. Asimismo, se considera que la Secretaría Ejecutiva se constituya en el área de apoyo de la Presidencia que conduzca el adecuado desarrollo de la interlocución institucional y legislativa a nivel local y federal; y, que la Consultoría General Jurídica supervise la actuación de la Oficina de Información Pública, razón por la cual se propone su adscripción al área responsable de la representación legal de esta Comisión.

8. Por otra parte, en congruencia con una política de austeridad y con la disposición de implementar mejoras en la conducción de las actividades de las áreas de esta Comisión, se suprimen de la estructura orgánica de la Comisión las Coordinaciones Generales y se propone convertir a la Secretaría para la Promoción de los Derechos Humanos e Incidencia en Políticas Públicas en la Coordinación de Vinculación con la Sociedad Civil e Incidencia en Políticas Públicas; así como, a la Dirección General de Educación por los Derechos Humanos en la Dirección Ejecutiva de Educación por los Derechos Humanos, a la Coordinación de Servicios Médicos y Psicológicos en la Dirección de Servicios Médicos y Psicológicos y a la Coordinación de...

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