Acuerdo de Coordinación para la distribución y ejercicio de recursos de los Programas de Desarrollo Social y Humano del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social en las microrregiones y demás regiones, que celebran la Secretaría de Desarrollo Social y el Estado de Sonora

Fecha de disposición10 Septiembre 2008
Fecha de publicación10 Septiembre 2008
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE RECURSOS DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 "DESARROLLO SOCIAL" EN LAS MICRORREGIONES Y DEMAS REGIONES, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO, SEDESOL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, DR. GUSTAVO ADOLFO MERINO JUAREZ, Y EL DELEGADO FEDERAL EN EL ESTADO DE SONORA, EL C. GUSTAVO ADOLFO DE UNANUE GALLA Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE SONORA, POR CONDUCTO DEL MAESTRO JOSE PAULINO CUAMEA NAVARRO, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO, ESTADO, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012, establece entre sus objetivos: Disminuir las disparidades regionales a través del ordenamiento territorial e infraestructura social que permita la integración de las regiones marginadas a los procesos de desarrollo y detonar las potencialidades productivas.

    En ese sentido las políticas y líneas de acción establecen como imperativo, atender primero a quienes más lo requieren, lo cual se traduce en buscar solucionar prioritariamente la insuficiencia o mala calidad de los bienes y servicios indispensables a la población de los territorios con los mayores grados de marginación y mayor incidencia de pobreza entre sus habitantes, desde una perspectiva integral de sus necesidades. A través del fortalecimiento del capital humano, del capital social, de los circuitos económicos existentes, las instituciones y la capacidad productiva de las poblaciones más rezagadas, se construirán las bases para el desarrollo económico local.

  2. De acuerdo a lo establecido en el artículo 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" se destinarán, en las entidades federativas, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social.

    Asimismo, establece el citado Decreto que, derivado de los convenios de coordinación suscritos entre el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, y los gobiernos de las entidades federativas, se suscribirán acuerdos y convenios específicos y anexos de ejecución en los que se establecerán: la distribución de los recursos de cada programa o región de acuerdo con sus condiciones de rezago, marginación y pobreza, indicando en lo posible la asignación correspondiente a cada municipio; las atribuciones y responsabilidades de la Federación, las entidades federativas y municipios y, las asignaciones presupuestarias de los órdenes de gobierno en que concurran en sujeción a los programas concertados.

  3. La SEDESOL manifiesta que la Dirección General de Programación y Presupuesto, de la Oficialía Mayor de esta dependencia, mediante oficio número 410.20.000011/08, de fecha 2 de enero de 2008, comunicó la autorización correspondiente a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano de las asignaciones de recursos que le corresponden, conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

  4. La SEDESOL a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano declara que la inversión total federal de los programas señalados en la cláusula tercera de este instrumento, así como el desglose de la inversión federal para los programas señalados en los anexos que forman parte de

    este Acuerdo de Coordinación, se encuentran adscritos a esta Subsecretaría, conforme lo establece el artículo 6, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2004, y reformado por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de julio de 2006.

    Con base en lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 74, 75, 75, 77, 79 y demás aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en su Reglamento; 17, 24, 29, 32, 39 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social, y en su Reglamento; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 1 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2007; en los artículos 6 fracciones V y VI, 17 fracción VI, 22 fracción VII, 24 fracción VII, 25, 33 fracción III, 36 fracción VII, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de julio de 2004 y reformado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de julio de 2006; en las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social y Humano del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" vigentes y los Lineamientos aplicables a los mismos, así como en lo previsto por los artículos 22 fracción IX y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora; 1, 2 y 25 fracción VI de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Sonora; artículo 6 fracciones XI y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, artículo 1 fracción III, 35, 36 y 37 de la Ley de Planeación del Estado de Sonora, las partes celebran el presente Acuerdo de Coordinación en los términos de las siguientes:

    CLAUSULAS

    DEL OBJETO

    PRIMERA. La SEDESOL y el ESTADO celebran el presente Acuerdo de Coordinación que tiene por objeto la distribución y ejercicio de recursos de diversos Programas de Desarrollo Social y Humano del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social".

    DE LA CONCURRENCIA Y ARTICULACION DE ESFUERZOS EN TERRITORIOS ESPECIFICOS

    SEGUNDA. La SEDESOL y el ESTADO promoverán que sus acciones se ejecuten en un marco de concurrencia y articulación de esfuerzos con el fin de propiciar el desarrollo de los territorios de la entidad con menor desarrollo y mayor pobreza, a partir de la provisión de infraestructura social básica y los servicios esenciales, así como el desarrollo de capacidades básicas, la atención a los grupos vulnerables y el bienestar de los habitantes de estas zonas.

    En apego al mandato de la Ley General de Desarrollo Social, se reconocen en el país regiones o áreas cuyos niveles de rezago estructural, tanto en pobreza como marginación, ameritan la focalización de programas y acciones e intervenciones específicas, dando prioridad a los municipios de muy alta y alta marginación.

    Conforme a la Ley General de Desarrollo Social, las acciones estarán dirigidas a la atención de las zonas, regiones o localidades cuya población registra índices de pobreza o marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social.

    COMPROMISOS PRESUPUESTARIOS DE LA SEDESOL

    TERCERA. La SEDESOL destinará recursos presupuestarios federales del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, conforme a lo establecido en el artículo 26 de dicho ordenamiento, por la cantidad total de $22,973,114.00 (veintidós millones novecientos setenta y tres mil ciento catorce pesos 00/100 M.N.) provenientes de su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2008, en los programas federales acordados mediante la estructura financiera y programática descrita en el Anexo 1 mismo que forma parte del presente Acuerdo de Coordinación.

    Dichos recursos serán destinados a los Programas de Desarrollo Social y Humano del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social".

    CUARTA. Los recursos federales que se destinarán a la entidad federativa en los términos del presente Acuerdo de Coordinación, no pierden su carácter federal y estarán sujetos a la disponibilidad del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008.

    Los recursos federales señalados en la cláusula tercera de este Acuerdo de Coordinación no incluyen gastos de operación de la SEDESOL.

    QUINTA. La ministración de recursos federales de los programas de Desarrollo Social y Humano del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" se hará considerando la estacionalidad del gasto y, en su caso, el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal.

    SEXTA. De la aplicación y ejercicio de los recursos señalados en la cláusula tercera del presente Acuerdo de Coordinación serán responsables las instancias ejecutoras que SEDESOL establezca, de conformidad con las respectivas Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social y Humano del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social". SEDESOL informará acerca de ello al ESTADO.

    COMPROMISOS PRESUPUESTARIOS DEL ESTADO

    SEPTIMA. El ESTADO se compromete a destinar recursos financieros por la cantidad de $8'000,000.00 (ocho millones de pesos M.N.) provenientes de su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2008, a los programas federales acordados mediante la estructura financiera y programática descrita en el Anexo 2 mismo que forma parte del presente Acuerdo de Coordinación.

    OCTAVA. Las instancias ejecutoras serán responsables directas, de la aplicación, ejercicio y comprobación documental y física de los recursos señalados en la cláusula séptima del presente Acuerdo de Coordinación, en estricto apego a la normatividad aplicable en materia de obras públicas, adquisiciones y en las disposiciones fiscales que norman el ejercicio del gasto público.

    DE LAS METAS.

    NOVENA. La SEDESOL y el ESTADO acuerdan las metas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR