Acuerdo por el que se establecen y dan a conocer los horarios de trabajo y atención del Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Fecha de disposición | 23 Febrero 2011 |
Fecha de publicación | 23 Febrero 2011 |
Emisor | INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA |
Sección | PRIMERA. Organismos Autonomos |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno. Con fundamento en los artículos 26 apartado B y 123 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 22 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaria del apartado B del Artículo 123 Constitucional, 77 fracción XIV de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y 5 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y
Considerando
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, otorgan al Instituto Nacional de Estadística y Geografía autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios.
Que el artículo 22 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 Constitucional, establece que la duración máxima de la jornada diurna de trabajo será de ocho horas.
Que como parte de los procesos de mejora continúa implementados en el Instituto, es importante apoyar la superación de sus Servidores Públicos, proporcionándoles tiempo que les permita atender su desarrollo personal, cultural y social.
Que los diferentes horarios del personal del Instituto propician descoordinación en las actividades que realizan el personal operativo, de enlace y el de mando del Instituto.
Que la experiencia obtenida en el Instituto, con la compactación de los diferentes horarios, ha favorecido una mayor eficiencia y eficacia de los servicios que se prestan a los usuarios de los bienes y servicios que produce el Instituto, así como ahorros en el consumo de energía eléctrica, y en general en gasto corriente; los Miembros de su Junta de Gobierno, han tenido a bien aprobar el siguiente:
ACUERDO
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN Y DAN A CONOCER LOS HORARIOS DE TRABAJO Y ATENCION DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
La jornada de trabajo para el personal operativo, de enlace y de mando del Instituto será en un horario continuo de las 8:30 a las 16:30 horas, de lunes a viernes.
Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de las 12:30 a las 13:00 Hrs., en el...
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