¿El horario de comida debe considerarse tiempo efectivo de trabajo, si el trabajador no puede salir del lugar donde presta sus servicios para consumir sus alimentos?

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Soy administrador de una fábrica de jabones. Debido a los procesos de producción que realiza la empresa, tiene operaciones las 24 horas del día, por lo que se manejan tres turnos para el personal. Al respecto, la compañía otorga a los empleados una hora de comida, y los trabajadores de jornada matutina y vespertina pueden consumir sus alimentos dentro o fuera del centro de trabajo o bien, pueden hacer uso de nuestro servicio de comedor; sin embargo, por seguridad los trabajadores del turno nocturno no tienen permitido salir de las instalaciones para consumir sus alimentos, por lo que deben consumirlos dentro de la empresa o en el comedor. Al efecto, en días pasados un grupo de trabajadores que labora en el turno nocturno manifestó su inconformidad, pues indican que si no se les permite salir en su hora de comida, el tiempo que utilizan para comer debe ser considerado como tiempo laborado, por lo que deberían salir una hora antes o en su caso, que se les pague una hora extra.

Lector de Tampico, Tamaulipas

¿El horario de comida debe considerarse tiempo efectivo de trabajo, si el trabajador no puede salir del lugar donde presta sus servicios para consumir sus alimentos?

Sí, en términos del artículo 64 de la LFT, cuando los...

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