¿Para su deducción en el ISR, el total de los honorarios pagados a miembros del consejo de administración no debe exceder de 10% de las deducciones autorizadas?

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En marzo de cada año, la empresa paga honorarios a los miembros del consejo de administración. Por lo que se refiere a los que se pagaron

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en 2010, el auditor de la compañía nos comentó que los mismos no son deducibles en el ISR debido a que en su conjunto fueron mayores al 10% del total de las deducciones autorizadas. Tengo duda de lo anterior, pues en mi opinión ese por ciento debe comprarse con el monto de los honorarios que se pagan a cada persona individualmente.

Lector de Torreón, Coahuila

Pregunta

¿Para su deducción en el ISR, el total de los honorarios pagados a miembros del consejo de administración no debe exceder de 10% de las deducciones autorizadas?

Respuesta

En nuestra opinión, para su deducción en el ISR los honorarios pagados a miembros del consejo de administración no deben exceder de 10% de las deducciones autorizadas, considerados en su conjunto, y no individualmente, por lo que a continuación se indica:

El artículo 31, fracción X, de la Ley del ISR dispone lo siguiente:

31." Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

X." Tratándose de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consul-tivos o de cualquiera otra índole, éstos se determinen, en cuanto a monto total y percepción mensual o por asistencia, afectando en la misma forma los resultados del contribuyente y satisfagan los supuestos siguientes:

a)"Que"el"importe"anual"establecido"para"cada"persona" no sea superior al sueldo anual devengado por el funcionario de mayor jerarquía de la sociedad.

b)"Que"el"importe"total"de"los" honorarios o gratificaciones establecidos, no sea superior al monto de los sueldos y salarios anuales devengados por el personal del contribuyente; y

c)"Que"no"excedan"del"10%"del" monto"total"de"las"otras"deducciones"del"ejercicio.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Según se aprecia, para su deducción en el ISR, los honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquiera otra índole, deben satisfacer los supuestos siguientes:

1. El importe anual establecido para cada persona no debe ser superior al sueldo anual devengado por el funcionario de mayor jerarquía de la sociedad. Está...

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