¿Son deducibles para el IETU los honorarios médicos y gastos hospitalarios pagados por una persona física que realiza actividades empresariales?
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Me desempeño como contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que tributa en el régimen de las actividades empresariales y profesionales. En días pasados, este contribuyente sufrió un accidente y tuvo que ser hospitalizado e intervenido quirúrgicamente de la clavícula derecha. Al respecto, tuvo que pagar los honorarios médicos correspondientes y los gastos hospitalarios derivados de la operación. Es de mi conocimiento que estas erogaciones no son deducibles en el ISR de los ingresos por actividades empresariales y profesionales, pero sí se pueden deducir en la declaración anual de ese impuesto como deducciones personales; sin embargo, tengo duda si para efectos del IETU las erogaciones de referencia son deducibles.
Lector de México, DF
Pregunta
¿Son deducibles para el IETU los honorarios médicos y gastos hospitalarios pagados por una persona física que realiza actividades empresariales?
Respuesta
El artículo 5o., fracción I, de la Ley del IETU dispone lo siguiente:
5o. Los contribuyentes sólo podrán efectuar las deducciones siguientes:
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Las erogaciones que correspondan a la adquisición de bienes, de servicios independientes o al uso o goce temporal de bienes, que utilicen para realizar las actividades a que se refiere el artículo 1o. de esta Ley o para la administración de las actividades mencionadas o en la producción, comercialización y distribución de bienes y servicios, que den lugar a los ingresos por los que se deba pagar el impuesto empresarial a tasa única.
Según se observa, la Ley del IETU permite, entre otros conceptos, la deducción de las erogaciones que correspondan a la adquisición de bienes, de servicios independientes o al uso goce temporal de bienes, que se utilicen:
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Para realizar las actividades gravadas por ese impuesto.
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Para la administración de las actividades de referencia.
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En la producción, comercialización y distribución de bienes y servicios, que den lugar a los ingresos por los que se deba pagar el IETU.
Por lo que se refiere...
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