Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Helicópteros y Vehículos Aéreos Nacionales, S.A. de C.V.

Fecha de disposición03 Noviembre 2010
Fecha de publicación03 Noviembre 2010
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex-Exploración y Producción.- Area de Responsabilidades. CIRCULAR No. OIC-PEP-AR-18.575.5082/2010

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA HELICOPTEROS Y VEHICULOS AEREOS NACIONALES, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26 y 37, fracciones XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1o., 59, 60 fracción IV, y 61, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, 8 y 9, primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; este Organo Interno de Control en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de la Resolución dictada el 8 de octubre de 2010 dentro del expediente número CI-S-PEP-232/2008, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa Helicópteros y Vehículos Aéreos Nacionales, S.A. de C.V., hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre la materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público con dicha empresa, por encontrarse inhabilitada por el plazo de dos años seis meses.

En virtud de lo...

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