40. Ofrecimiento y admisión de pruebas
- Bono de despensa y previsión social múltiple. La carga de la prueba en el juicio contencioso administrativo respecto de la compatibilidad de los aumentos aplicados a los trabajadores en activo, a través de los oficios circulares 307-a-4064, 307-a-3796, y 307-a-2468 emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para efectos del artículo 57, último párrafo, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado vigente hasta el 31 de marzo de 2007, corresponde a la parte actora: (Tesis Jurisprudencial num. PC.I.A. J/73 A (10a.), Plenos de Circuito, 8 de Julio de 2016 (Contradicción de Tesis))
- Firma autógrafa del acto impugnado en el juicio de nulidad. Forma de cumplir con la carga probatoria cuando la autoridad afirma que la contiene: (Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 110/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 31 de Enero de 2015 (Contradicción de Tesis), Ejecutoria num. 2a./J. 110/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala)
- Pensión del ISSSTE. Carga de la prueba del derecho al incremento conforme al artículo 57 de la ley del instituto, vigente hasta el 4 de enero de 1993: (Tesis Jurisprudencial num. VI.1o.A. J/12 (10a.), Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 31 de Octubre de 2014 (Reiteración), Tesis Aislada num. VI.1o.A.76 A (10a.), Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 30 de Septiembre de 2014 (Tesis Aisladas))
- Contradicción de tesis 107/2013. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Séptimo y Décimo Sexto, ambos en materia Administrativa del Primer Circuito. Pensión del ISSSTE. Carga de la prueba de sus incrementos en el juicio de nulidad: (Ejecutoria num. 2a./J. 93/2013 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala)
- Pensión del ISSSTE. Carga de la prueba de sus incrementos en el juicio de nulidad: (Tesis Jurisprudencial num. 2a./J. 93/2013 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 31 de Julio de 2013 (Unificación de Criterios))
- Pago espontáneo.- Así debe considerarse el realizado por el contribuyente cuando le fue autorizada una prórroga para cubrir sus cuotas obrero patronales al amparo del beneficio que otorga el acuerdo 187/2003, emitido por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social: (Tesis nº VI-TASR-XII-II-75 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2011)
- Certificados de origen. Si la autoridad incurre en omisión de valorarlos en la resolución impugnada, este...
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