Hacia la consolidación de presupuestos y políticas públicas sensibles al género en la LXIII Legislatura

Páginas85-118
85CARPETA DE INDUCCIÓN AL TRABAJO LEGISLATIVO
Introducción
La H. Cámara de Diputados, integrante del Poder Legislativo Fede-
ral, es la única instancia facultada para aprobar y f‌iscalizar los recursos
públicos que deben ser ejercidos por las instituciones y dependencias
de la Administración Pública Federal (APF) para dar atención a las di-
versas demandas sociales y lograr el desarrollo del país. Para cumplir
con esta función exclusiva de las y los diputados, se requiere el acopio
de información técnica, imparcial y oportuna que sustente la toma de
decisiones en esta importante materia (Artículo 74, CPEUM).
Atendiendo la necesidad de proveer del apoyo técnico que re-
quieren las y los diputados en el desempeño de sus funciones parla-
mentarias, la estructura funcional de la Cámara de Diputados dispo-
ne la existencia de cinco Centros de Estudios Legislativos en diversas
especialidades, los cuales tienen como función primordial elaborar la
información que permita a las y los legisladores el análisis de la proble-
mática económica y social del país.
En el año 2005 se constituye por Decreto que reforma el numeral
3, del artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Es-
tados Unidos Mexicanos, el Centro de Estudios para el Adelanto de las
Mujeres y la Equidad de Género (CEAMEG) como parte de la estructura
funcional de la Cámara de Diputados al cual se le asigna la función de
atender las necesidades de información que requieran las y los diputa-
dos, relativos a la identif‌icación y seguimiento de instancias, programas
y acciones orientadas a las mujeres y a la igualdad de género, dotar de
elementos técnicos, imparciales y oportunos relativos a los derechos de
las mujeres, así como a su posición y condición.
El CEAMEG se encarga de la revisión sistemática y permanente
de los diversos instrumentos y mecanismos de política pública para la
igualdad de género. Esto constituye un ejercicio signif‌icativo y nece-
sario que aporta elementos para enriquecer el desarrollo nacional con
base en los principios de legalidad, justicia e igualdad sustantiva entre
mujeres y hombres.
CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL ADELANTO DE LAS MUJERES Y LA EQUIDAD DE GÉNERO86
La Dirección de Estudios Sociales de la Posición y Condición de
las Mujeres y la Equidad de Género (DESPCMEG), es la instancia del CEA-
MEG que tiene como objetivo proporcionar a las diputadas y diputados
los resultados del análisis de seguimiento a las políticas públicas, la dis-
tribución y aplicación de presupuestos federales y locales etiquetados
para las mujeres y la promoción de la igualdad de género, que permitan
sustentar las propuestas de las y los legisladores para la asignación de
los recursos a programas en benef‌icio de las mujeres (Manual de Orga-
nización. Cámara de Diputados, 2011:361).
La propuesta emergente de incluir el criterio transversal de
igualdad de género en el diseño e implementación del Presupuesto de
Egresos de la Federación se ha denominado de diversas formas: pre-
supuestos sensibles al género, presupuestos pro equidad de género o
pro igualdad de género y presupuestos con perspectiva de género. No
necesariamente todos estos referentes son sinónimos, puesto que los
presupuestos para la implementación de acciones af‌irmativas1 de géne-
ro pueden ser denominados presupuestos sensibles al género, en tan-
to que cuando se habla de presupuestos con perspectiva de género se
entiende que el ciclo de la política pública, incluido el presupuesto, se
formuló desde la perspectiva de género.
La elaboración de políticas públicas con perspectiva de género
tiene como meta fomentar el ejercicio libre de la ciudadanía para las
mujeres, observando las diferentes necesidades de mujeres y hombres,
así como los impactos diferenciados en unas y otros para cerrar las
brechas de desigualdad en el acceso a las oportunidades. Para alcan-
zar este propósito, es decir para desarrollar un programa o proyecto
con perspectiva de género, esta visión científ‌ica debe estar presente
a lo largo de todo el ciclo programático presupuestal, desde la etapa
de diagnóstico, planeación, programación, presupuestación, ejercicio y
control, así como la evaluación y rendición de cuentas.
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87CARPETA DE INDUCCIÓN AL TRABAJO LEGISLATIVO
En México, la perspectiva de género comenzó a incorporarse a
través de un anexo de programas presupuestarios con Gasto Etiqueta-
do para las Mujeres y la Igualdad de Género (GEMIG) en el Presupuesto
de Egresos de la Federación (PEF), a partir del ejercicio f‌iscal 2008. Por
su parte el CEAMEG, desde su creación, ha desarrollado metodologías
propias que se han ido perfeccionando para realizar el análisis a las
decisiones aprobadas por la Cámara de Diputados en materia de pre-
supuestos públicos desde la perspectiva de género y los derechos hu-
manos de las mujeres. Hoy se cuenta con un acervo de datos históricos
sobre la evolución en las acciones de política pública implementadas
con el Gasto Etiquetado para las Mujeres y la Igualdad de Género (GE-
MIG), los cuales se identif‌ican en el cumplimiento de los indicadores de
gestión que reportan las Unidades Responsables (UR) de los Programas
Presupuestarios (PP), por Ramo Administrativo.
En el siguiente cuadro podemos observar la evolución del GEMIG
por año, así como los artículos respectivos de la Ley General de Ingre-
sos (LGI) y la Ley General de Egresos (LGE) con sus respectivos anexos
relativos a la igualdad:
Presupuesto Etiquetado para las Mujeres y la Igualdad de Género ()
en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación ():
Ejercicios scales  a 
Decretos Artículo Anexo
Ramos
Programas
Monto
etiquetado
 2008 Artículo 25 Anexo 9A Presupuesto para
Mujeres y la Igualdad de Género 23 65 7 024.8 mdp
 2009 Artículo 25 Anexo 9A Presupuesto para
Mujeres y la Igualdad de Género 27 74 8 981.6 mdp
 2010 Artículo 26 Anexo 10 Erogaciones para la
Igualdad entre Mujeres y Hombres 23 67 10 920.7 mdp
 2011 Artículo 27 Anexo 10 Erogaciones para la
Igualdad entre Mujeres y Hombres 27 79 14 916.5 mdp
 2012 Artículo 28 Anexo 10 Erogaciones para la
Igualdad entre Mujeres y Hombres 26 88 16 752.9 mdp

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