La guerra antidrogas, ante la CIDH

AutorJorge Carrasco Araizaga

La estrategia “contra las drogas” del gobierno de Felipe Calderón ya llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) debido a una demanda contra el Estado mexicano por violaciones graves a los derechos humanos cometidas por miembros del Ejército.

La demanda, la primera de su tipo contra el gobierno de Calderón, fue presentada por Reynalda Morales Rodríguez, viuda de Zenón Alberto Medina López, una de las cuatro personas ejecutadas arbitrariamente por militares en la sierra de Badiraguato, Sinaloa, en marzo de 2008.

Patrocinada por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, el Frente Cívico Sinaloense y el Centro de Análisis e Investigación Fundar, Morales acudió a la CIDH luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidiera dejar la investigación y sanción de los hechos al propio Ejército y no a la justicia civil.

La SCJN reiteró su criterio a favor de la justicia militar el 18 de mayo pasado. Al resolver la contradicción de tesis 381/2010, la Primera Sala de la Corte señaló de forma unánime que cuando un efectivo sea sometido a un juicio penal por faltas a la disciplina castrense debe ser sancionado por los tribunales militares, incluso si causa baja de las Fuerzas Armadas.

De acuerdo con el Código de Justicia Militar (CJM), delitos como el homicidio, la desaparición forzada o la tortura de civiles por parte de militares son faltas a la disciplina castrense, por lo que quedan bajo jurisdicción militar. Aunque la Sala no discutió la competencia de los tribunales militares cuando hay un civil de por medio, refrendó que en los actos considerados faltas a la disciplina militar es “improrrogable” la aplicación del fuero castrense.

El ministro Arturo Zaldívar, ponente en la contradicción, señaló a Proceso que el litigio tenía que ver con militares condenados por deserción, sin que la Corte “hiciera pronunciamiento alguno sobre la competencia de los tribunales militares” cuando hay civiles involucrados. “Por el contrario, señaló que el fuero militar no puede ser considerado como un régimen de privilegio a favor de los miembros del Ejército”.

Sin embargo, desde diciembre pasado la SCJN se encuentra en desacato de un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que le pidió hacer una revisión constitucional del fuero militar. La petición está incluida en el fallo contra el Estado mexicano por la desaparición forzada de Rosendo Radilla a manos del Ejército en 1974.

Morales presentó la denuncia contra el Estado mexicano en febrero del año pasado y al mes siguiente quedó registrada en el expediente P-180-10 México, pero hasta ahora se hace pública en tanto la CIDH decide si la admite.

A tres años de la ejecución colectiva en Badiraguato, en la que otros dos civiles resultaron heridos, ni la viuda de Zenón Alberto Medina ni sus abogados han sido notificados de alguna sentencia contra los cinco elementos que, según la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), son los únicos responsables de las ejecuciones.

A su vez, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ya dio por cumplida “totalmente” la recomendación que emitió en julio de 2008 contra la Sedena por el ataque ocurrido la noche del 26 de marzo de ese año en la comunidad Santiago de los Caballeros, en la sierra de Badiraguato, Sinaloa.

Frustrado hasta ahora en su intento de darle un marco jurídico a la actuación de los militares en su estrategia contra...

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