De la Subdirección General de Recaudación Fiscal

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas363-364
ARTÍCULO 54

Funciones dirigidas a la recaudación de recursos

Respecto a la recaudación de los recursos, deberá administrar la base de datos de patrones y trabajadores sobre el pago de aportaciones y entero de descuentos.

ARTÍCULO 55

Facultades y funciones en materia de fiscalización

Respecto a la fiscalización, sus facultades y funciones son:

I. Ejercer las atribuciones que corresponden al Infonavit en su carácter de organismo fiscal autónomo;

II. Dictaminar los créditos fiscales incobrables;

III. Establecer la política de contratación de despachos externos que ayuden en las tareas de su competencia;

IV. Revisar y sancionar legalmente los actos de autoridad que en materia fiscal emita el Infonavit;

V. Representar al Infonavit ante las autoridades correspondientes por los actos que realice en su carácter de organismo fiscal autónomo;

VI. Desahogar las vistas y solicitudes de información que en la materia formule la Comisión de Inconformidades;

VII. Participar en los concursos mercantiles para la tutela de los créditos fiscales;

VIII. Resolver sobre las solicitudes y consultas que se presenten sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales ante el Infonavit, y

IX. Diseñar e instrumentar programas de facilidades de pago a los patrones que no están al corriente en el pago de sus obligaciones previa autorización del Consejo de Administración.

ARTÍCULO 56

Facultades y funciones para administrar las aportaciones patronales

Respecto a la administración de las aportaciones patronales al Fondo Nacional de la Vivienda, sus facultades y funciones son:

I. Administrar el fondo de ahorro y la subcuenta de vivienda de cada trabajador, y

II. Coordinar con las autoridades reguladoras y con los participantes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la elaboración, autorización y ejecución de los lineamientos y procedimientos de operación de recaudación y afectación a la subcuenta de vivienda de los trabajadores.

ARTÍCULO 57

Funciones posteriores al diseño de productos y programas destinados a los usuarios

Una vez identificadas las necesidades de los usuarios y diseñado los productos y programas a que se refieren los artículos anteriores, deberá:

I. Especificar los servicios que cada uno de dichos productos genere en cada uno de los canales propios y...

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