Gaceta 504 de 2018-12-18 - Extraordinaria (Tomo I)

Fecha de publicación18 Diciembre 2018
Número de Gaceta504
GACETA OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
JOYCE DÍAZ ORDAZ CASTRO
Calle Morelos No. 43. Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CXCVIII Xalapa-Enríquez, Ver., martes 18 de diciembre de 2018 Núm. Ext. 504
SUMARIO
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO I
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE VERACRUZ
REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL
ESTADO DE VERACRUZ.
folio 2753
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE VERACRUZ
Mtro. Jorge Winckler Ortiz, Fiscal General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, con
fundamento en los artículos 52 y 67, fracción I de la Constitución Política del Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave; y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 31, fracción VIII
de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, he tenido
a bien expedir el siguiente:
ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
TÍTULO PRIMERO
DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
CAPÍTULO I
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público, interés social y de observancia obligatoria
para las servidoras públicas y servidores públicos de la Fiscalía General, y tiene por objeto regular
las disposiciones aplicables, para el ejercicio de las atribuciones que la Constitución, la
Constitución del Estado, Código Nacional, la Ley General del Sistema de Seguridad Pública, Ley
Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás
normatividad aplicable, le confieren a la persona Titular de la Fiscalía General y al Ministerio
Público; así como establecer la organización, funcionamiento y atribuciones de las unidades
administrativas y de las servidoras y servidores públicos adscritos, para el despacho de los asuntos
que le competen.
Artículo 2. Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá, además de lo señalado en el
artículo 3 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave,
por:
I. Centro de Evaluación: El Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Fiscalía
General;
II. Centro de Información: La Dirección del Centro de Información e Infraestructura
Tecnológica;
III. CEAVD: Centro Estatal de Atención a Víctimas del Delito;
IV. Contralor o Contralora: La persona Titular de la Contraloría General de la Fiscalía General
del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
V. Contraloría General: La Contraloría General de la Fiscalía General del Estado
VI. Dependencia jerárquica: Relación de subordinación del servidor público ante la persona
Titular de una unidad administrativa, aunque no se encuentre adscrito a ella;
VII. Dependencia operativa: Relación de colaboración del servidor público que se encuentre
adscrito ante la persona Titular de una unidad administrativa, de la cual no dependa
jerárquicamente o se encuentre adscrito, pero que por las atribuciones de ésta se requiera de su
presencia y colaboración;
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El superior operativo, en acuerdo con el superior jerárquico, establecerá las condiciones de
colaboración de las servidoras/servidores públicos;
VIII. Dirección de Transparencia: La Dirección de Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales;
IX. Fiscalías Especializadas: Las oficinas en donde tendrán su sede las Fiscales
Especializadas y los Fiscales Especializados por materia;
X. Ley Nacional de Mecanismos: Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de
Controversias en Materia Penal;
XI. Ley Orgánica: Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave;
XII. Plan Institucional: El Plan Institucional de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave;
XIII. Plataforma México: Concepto avanzado que integra todas las tecnologías de la información
con la finalidad de que cuente con los elementos para el combate al delito, mediante el desarrollo
de sistemas de productos tecnológicos que operen en forma homóloga a través de las instancias
de procuración de justicia, para generar estrategias de inteligencia, derivada de la información
obtenida;
XIV. Policía de Campo: La policía de Campo de la Dirección General de la Policía Ministerial
encargada de dar cumplimiento a los mandamientos judiciales;
XV. Policía de Investigación: La policía de investigación de la Dirección General de la Policía
Ministerial especializada en la investigación de los delitos;
XVI. Policía Ministerial: Al personal adscrito a la Dirección General de la Policía Ministerial;
XVII. Reglamento: El presente Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado
de Veracruz de Ignacio de la Llave;
XVIII. Reglamento del Servicio Profesional de Carrera: El Reglamento del Servicio Profesional de
Carrera de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
XIX. TICs: Tecnologías de la Información y comunicación;
XX. Unidad o Unidades Administrativas: Las áreas con atribuciones administrativas u
operativas que integran la Fiscalía General;
XXI. Unidades o Sub-Unidades Integrales: Los centros donde operan las Unidades o Sub-
Unidades Integrales en los diversos Distritos Judiciales que conforman el estado de Veracruz;
XXII. Usuarios: Los intervinientes dentro de los mecanismos alternativos de solución de
controversias;
Artículo 3. La Fiscalía General estará a cargo de una o un Fiscal General, quien será Titular de la
Institución del Ministerio Público y superior jerárquico de todo su personal.
Para el ejercicio de las atribuciones, funciones y despacho de los asuntos de su competencia, la
Oficina de la o el Fiscal General estará integrada por:
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