GACETA 278 , Miercoles 14 de JULIO de 2021 EXTRAORDINARIA

Fecha de publicación14 Julio 2021
Número de Gaceta278
GACETA OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
JOYCE DÍAZ ORDAZ CASTRO
Gutiérrez Zamora s/n Esq. Diego Leño, Col. Centro Tel. 22 88 17 81 54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CCIV Xalap a-Enrí quez, Ver., miércoles 14 de julio de 2021 Núm. Ext. 278
GOBIERNO FEDERAL
———
SUMARIO
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
Suprema Corte de Justicia de la Nación
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD NÚMERO 105/2020. PROMOVIDA POR LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS D ERECHOS HUMANOS.
folio 0823
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD NÚMERO 44/2019. PROMOVIDA POR LA
COMISIÓN NACIONAL DE LOS D ERECHOS HUMANOS.
folio 0824
N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O
TOMO I
GOBIERNO FEDERAL
———
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
Suprema Corte de Justicia de la Nación
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 105/2020
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
MINISTRO PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES
SECRETARIA: MARÍA CRISTINA VILLEDA OLVERA
Sentencia del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dictada en la
Ciudad de México el ocho de diciembre de dos mil veinte.
VISTOS, para resolver, los autos correspondientes a la acción de inconstitucionalida d
promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra diversos numerales de las
leyes de ingresos para el ejercicio fiscal de dos mil veinte de varios Municipios del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave.
R E S U L T A N D O
(1) I. Presentación de la acción, autoridades emisora y promulgadora y normas
impugnadas. Mediante escrito presentado el treinta de enero de dos mil veinte, en la Oficina de
Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, María del
Rosario Piedra Ibarra, en su calidad de Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos, promovió la presente acción de inconstitucionalidad, en la que solicitó la invalidez de
diversas porciones de las leyes de ingresos para el ejercicio fiscal de dos mil veinte, de distintos
municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, emitidas y promulgadas,
respectivamente, por el Congreso y el Gobernador, ambos de dicha entidad, las cuales se precisan
a continuación:
a) Cobros excesivos y desproporcionales por acceso a la información.
- Artículo 14, fracciones I, II y IV, incisos a) y c) de las Leyes de Ingresos,
correspondiente al ejercicio fiscal 2020, para los Municipios de Acajete,
Acatlán, Acayucan, Actopan, Acula, Acultzingo, Agua Dulce, Álamo
Temapache, Alpatláhuac, Alto Lucero, Altotonga, Amatitlán, Amatlán de los
Reyes, Ángel R. Cabada, Apazapan, Aquila, Astacinga, Atlahuilco, Atoyac,
Atzacan, Atzalan, Ayahualulco, Banderilla, Benito Juárez, Calcahualco,
Camarón Tejeda, Camerino Z. Mendoza, Carlos A. Carrillo, Carrillo Puerto,
Castillo de Teayo, Catemaco, Cazones de Herrera, Cerro Azul, Citlaltépetl,
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Coacoatzintla, Coahuitlán, Coatzintla, Coetzala, Colipa, Comapa,
Cosamaloapan, Cosautlán de Carvajal, Coscomatepec, Cotaxtla, Coxquihui,
Coyutla, Cuichapa, Cuitláhuac, Chacaltianguis, Chalma, Chiconamel,
Chiconquiaco, Chicontepec, Chinameca, Chinampa, Chocaman, Chontla,
Chumatlán, El Higo, Espinal, Filomeno Mata, Fortín, Gutiérrez Zamora,
Hidalgotitlán, Huatusco, Huayacocotla, Hueyapan de Ocampo, Huiloapan de
Cuauhtémoc, Ignacio de la Llave, Ilamatlán, Isla, Ixcatepec, Ixhuacán de los
Reyes, Ixhuatlán de Madero, Ixhuatlán del Café, Ixhuatlán del Sureste,
Ixhuatlancillo, Ixmatlahuacan, Ixtaczoquitlán, Jalacingo, Jalcomulco, Jáltipan,
Jamapa, Jesús Carranza, Jilotepec, José Azueta, Juan Rodríguez Clara,
Juchique de Ferrer, La Antigua, La Perla, Landero y Coss, Las Choapas, Las
Minas, Las Vigas de Ramírez, Lerdo de Tejada, Los Reyes, Magdalena,
Maltrata, Manlio Fabio Altamirano, Mariano Escobedo, Martínez de la Torre,
Mecatlán, Mecayapan, Miahuatlán, Mixtla de Altamirano, Moloacán , Nanchital
de Lázaro Cárdenas del Río, Noalinco, Naranjal, Naranjos-Amatlán; Nautla,
Nogales, Oluta, Omealca, Otatitlán, Oteapan, Ozuluama, Pajapan, Pánuco,
Paso de Ovejas, Paso del Macho, Perote, Platón Sánchez, Playa Vicente, Poza
Rica de Hidalgo, Pueblo Viejo, Puente Nacional, Rafael Delgado, Rafael Lucio,
Río Blanco, Saltabarranca, San Andrés Tenejapan, San Andrés Tuxtla, San
Juan Evangelista, San Rafael, Santiago Sochiapan, Santiago Tuxtla, Sayula de
Alemán, Sochiapa, Soconusco, Soledad Atzompa, Soledad de Doblado,
Soteapan, Tamalín, Tamiahua, Tampico Alto, Tancoco, Tantima, Tantoyuca,
Tatahuicapan de Juárez, Tatatila, Tecolutla, Tehuipango; Tempoal, Tenampa,
Tenochtitlán, Teocelo, Tepatlaxco, Tepetlán, Tepetzintla, Tequila, Texcatepec,
Texhuacán, Texistepec, Tezonapa, Tihuatlán, Tlachichilco, Tlacojalpan,
Tlacolulan, Tlacotalpan, Tlacotepec de Mejía, Tlalixcoyan, Tlalnelhuayocan,
Tlaltetela, Tlapacoyan, Tlaquilpa, Tlilapan, Tomatlán, Tonayán, Totutla, Tres
Valles, Tuxpan, Tuxtilla, Úrsulo Galván, Uxpanapa, Vega de Alatorre, Villa
Aldama, Xico, Xoxocotla, Yanga, Yecuatla, Zacualpan, Zaragoza, Zentla,
Zongolica, Zontecomatlán y Zozocolco de Hidalgo.
- Artículo 14, fracciones I y II de la Ley de Ingresos del Municipio de Minatitlán
del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, correspondiente al ejercicio
fiscal 2020.
- Artículo 12, fracciones I y II,excepto el inciso d) yIII de la Ley de Ingresos
del Municipio de Xalapa.
- Artículo 4 de la Ley de Ingresos, correspondiente al ejercicio fiscal 2020, de
los Municipios de Alvarado, Boca del Río, Coatepec, Coatzacoalcos, Córdoba,
Cosoleacaque, Emiliano Zapata,Medellín, Misantla, Orizaba, Papantla, Tierra
Blanca y Veracruz.
b) Por vulnerar el derecho a la identidad
- Artículo 12, en la porción normativa “registro de nacimiento
extemporáneos (sic) 1.5”,de la Ley de Ingresos del Municipio de Minatitlán
del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, correspondiente al ejercicio
fiscal 2020.
(2) II. Artículos que se estiman violados. La promovente sostiene que los numerales
combatidos vulneran los artículos 1, 4, 6, 14, 16 y 31, fracción IV, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 9 y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 2,
15, 19 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; así como, 7 y 8 de la
Convención sobre los Derechos del Niño.
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