Se publican lineamientos para el funcionamiento del Sistema de protección social en salud, denominado Seguro popular

PáginasC15-C16

En el Diario Oficial de la Federación del pasado 15 de abril la Secretaría de Salud publicó los Lineamientos para la afiliación, operación e integración del padrón nacional de beneficiarios y determinación de la cuota familiar del Sistema de protección social en salud, que entraron en vigor al día siguiente de su publicación.

Los lineamientos van dirigidos a las familias y personas que no sean derechohabientes de las instituciones de seguridad social o no cuenten con algún mecanismo de previsión social en salud, por lo que anualmente se efectuará un cotejo del padrón en el que consta la información respecto de las familias afiliadas en el Seguro popular contra los padrones de las instituciones de seguridad social y esquemas públicos y sociales de atención médica. Del cotejo, se procederá a cancelar los servicios de este seguro a las personas que se encuentren registradas en otros padrones.

La prestación de los servicios de salud a la comunidad es responsabilidad de los servicios estatales de salud, a través de los Módulos de afiliación y orientación (MAO), que son espacios fijos o móviles con personal capacitado para afiliar y proporcionar información sobre los trámites y servicios que presenta este seguro.

El procedimiento para la afiliación comienza cuando el titular de la familia interesada acude a manifestar su voluntad ante los MAO o las brigadas de afiliación y reafiliación que al efecto se constituyen, las cuales realizan la Cédula de características socioeconómicas del hogar (Ce-casoeh), para determinar el nivel socioeconómico de la familia solicitante y, la cuota familiar respectiva, además sirve como identificación familiar. Una vez firmada por el titular de la familia se considera formalmente a dicha cédula como la solicitud de afiliación.

La documentación que se deberá presentar en original y copia simple es la siguiente:

  1. Comprobante de domicilio.

  2. Clave única de registro de población o algún documento oficial que la contenga, de cada uno de los integrantes de la familia.

  3. Identificación oficial con fotografía del titular de la familia.

  4. Comprobante de estudios de los hijos nacidos de los cónyuges, concubina y concubinario, y de los nacidos del padre y la madre no unidos en vínculo matrimonial (artículo 77-Bis 4 de la Ley General de Salud).

  5. Comprobante de beneficiario de algún programa de apoyo o subsidio del gobierno federal (si es que se tiene).

  6. Comprobante que acredite formar parte de alguna colectividad (si es el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR