Acuerdo que modifica el diverso por el que se establecen las bases para el funcionamiento de la Comisión Intersecretarial para la Participación de Utilidades a los Trabajadores

Fecha de disposición28 Abril 2010
Fecha de publicación28 Abril 2010
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. ERNESTO JAVIER CORDERO ARROYO, Secretario de Hacienda y Crédito Público y JAVIER LOZANO ALARCON, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 123 Apartado "A" fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 28 y 29 del Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo; 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que el 12 de noviembre de 1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establecen las bases para el funcionamiento de la Comisión Intersecretarial para la Participación de Utilidades a los Trabajadores", mismo que fue modificado mediante publicación en ese mismo órgano de difusión el 31 de enero de 2006;

Que el referido Acuerdo establece que la Comisión Intersecretarial para la Participación de Utilidades a los Trabajadores (Comisión) se integrará por diversos servidores públicos de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y del Trabajo y Previsión Social;

Que la denominación de los cargos de los servidores públicos que integran la Comisión ha sufrido diversas modificaciones derivado de la expedición de los reglamentos interiores del Servicio de Administración Tributaria y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007 y el 14 de noviembre de 2008, respectivamente, por lo que se requiere la actualización del Acuerdo de mérito, y

Que se estima conveniente modificar los meses de celebración de las sesiones plenarias de la Comisión, con el objeto de contar con el tiempo necesario para preparar el informe anual sobre el desempeño de dicho órgano colegiado, toda vez que éste debe ser aprobado por el Pleno de la propia Comisión, por lo que hemos tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTICULO UNICO

Se REFORMAN los artículos primero y segundo, segundo párrafo, del Acuerdo por el que se establecen las bases para el funcionamiento de la Comisión Intersecretarial para la Participación de Utilidades a los Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación...

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