¿En qué fecha surten efectos las notificaciones fiscales?

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Soy contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que presta servicios profesionales de veterinaria en el régimen de las actividades empresariales y profesionales. A finales de junio (día 30) recibió la notificación de una revisión de gabinete por parte de las autoridades tributarias. En el documento se le requiere para presentar diversa documentación relacionada con sus actividades en un plazo de 15 días contados a partir del día siguiente a aquel en que surte sus efectos la notificación referida. Tengo duda acerca de qué fecha debe considerarse que surte sus efectos la notificación, con objeto de iniciar el cómputo de los días del plazo que se tiene para presentar la documentación solicitada.

Lector de Cuernavaca, Morelos

¿En qué fecha surten efectos las notificaciones fiscales?

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El día hábil siguiente en que hayan sido hechas, por lo siguiente:

El artículo 135, primer párrafo, del CFF dispone lo siguiente (énfasis añadido):

135. Las notificaciones surtirán sus efectos al día hábil siguiente en que fueron hechas y al practicarlas deberá proporcionarse al interesado copia del acto administrativo que se notifique. Cuando la notificación la hagan directamente las autoridades fiscales o por terceros habilitados, deberá señalarse la fecha en que ésta se efectúe, recabando el nombre y la firma de la persona con quien se entienda la diligencia. Si ésta se niega a una u otra cosa, se hará constar en el acta de notificación.

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Como se observa, las notificaciones surtirán sus efectos el día hábil siguiente a aquel en que...

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