Fe de erratas a las Reglas de Operación del Programa Desarrollo Rural y Comercialización, en su Componente Clústers Agroalimentarios del Estado de México

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GAC ETA
DEL G
OBIERNO
11 de agosto de 2015
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
"2015. AÑO DEL BICENTENARIO LUCTUOSO DE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN"
FE DE ERRATAS
Secretaría de Desarrollo Agropecuario
Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario del Estado de México (FI DAGRO)
Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Rural y Comercialización
Dirección General de Desarrollo Rural y Comercialización
Gaceta de Gobierno No. 54
De fecha 25 de marzo de 2015
Página 46
DICE
PAG. 46
g)
Comprobante de domicilio del solicitante, con una vigencia
no mayor a tres meses anteriores a la fecha de la solicitud.
h)
Comprobante de la legal posesión del predio y/o contrato
de arrendamiento.
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Cotización o cotizaciones vigentes, emitidas por el
proveedor o proveedores en donde se señalen las
características y precio del equipo o infraestructura
solicitada.
j)
Proyecto ejecutivo.
B. Personas Jurídicas Colectivas: Presentar original (con fines de
cotejo) y copia simple de:
a)
Acta constitutiva de la organización solicitante y de sus
modificaciones, que en su caso haya tenido a la fecha de la
solicitud, debidamente protocolizada.
b) Acta en la que conste la designación de su representante
legal o poder debidamente protocolizado ante notario
público.
c) Comprobante de domicilio fiscal, con una vigencia no mayor
a tres meses anteriores a la fecha de solicitud.
d) RFC.
e)
Identificación oficial del representante legal.
f)
CURP del representante legal.
g) Comprobante de la legal posesión del predio y/o contrato de
arrendamiento.
h) Cotización o cotizaciones vigentes, emitidas por el
proveedor o proveedores en donde se señalen las
características y precio del equipo o infraestructura
solicitada.
Página 46,
i)
Proyecto ejecutivo.
Los productores de comunidades indígenas podrán, en su caso
acreditar la legal posesión del predio con el documento expedido
por la instancia competente y, en su caso, conforme a usos y
costumbres.
DEBE DECIR
g)
Comprobante de domicilio del solicitante, con una vigencia
no mayor a tres meses anteriores a la fecha de la solicitud.
h)
Comprobante de la legal posesión del predio y/o contrato de
arrendamiento.
i)
Cotización o cotizaciones vigentes, emitidas por el
proveedor o proveedores en donde se señalen las
características y precio del equipo o infraestructura
solicitada.
j)
Proyecto ejecutivo.
B. Personas Jurídicas Colectivas: Presentar original (con fines de
cotejo) y copia simple de:
a)
Acta constitutiva de la organización solicitante y de sus
modificaciones, que en su caso haya tenido a la fecha de la
solicitud, debidamente protocolizada.
b)
Acta en la que conste la designación de su representante
legal o poder debidamente protocolizado ante notario
público.
c)
Comprobante de domicilio fiscal, con una vigencia no mayor
a tres meses anteriores a la fecha de solicitud.
d)
RFC.
e)
Identificación oficial del representante legal.
f)
CURP del representante legal.
g)
Comprobante de la legal posesión del predio y/o contrato de
arrendamiento.
h)
Cotización o cotizaciones vigentes, emitidas por el
proveedor o proveedores en donde se señalen las
características y precio del equipo o infraestructura
solicitada.
Página 46
i)
Proyecto ejecutivo.
Los productores de comunidades indígenas podrán, en su
caso acreditar la legal posesión del predio con el
documento expedido por la instancia competente y, en su
caso, conforme a usos y costumbres.
No se atenderán en este Componente las solicitudes
realizadas por personas físicas o morales que hayan sido
beneficiadas con apoyos similares o que tengan alguna
relación contractual con la SEDAGRO.
El presente documento, se fundamenta en las Reglas de Operación del Programa de Acciones para el Desarrollo, publicadas el día 6 de mayo de
2014 en la Gaceta del Gobierno No. 81, en el apartado VI. Lineamientos Generales, párrafo 22, el cual establece: " Con la finalidad de asegurar la
aplicación eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, de los programas sociales sujetos a los con cargo a recursos del
Programa de Acciones para el Desarrollo, las Dependencias y Unidades Ejecutoras, deberán publicar dentro de los 30 días hábiles posteriores a la
publicación del Decreto de Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal que corresponda los lineamientos y/o manuales según sea el caso y enviar
una copia de la publicación en la Gaceta del Gobierno a la Dirección General de Inversión de la Secretaría de Finanzas"
Lic. Federico Ruiz Sánchez
L. I. Gabriel Benítez Villaverde
Jefe de la Unidad de Información, Planeación, Programación y
Subdirector de Programación y Evaluación
Evaluación
(Rúbrica)
(Rúbrica)
3622.-11 agosto.

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