Fe de erratas del Decreto Número 55 de la “LIX” Legislatura del Estado de México

Página 4 3 de febrero de 2016
DEBE DECIR:
Artículo 317 Bis A.-
El Ejecutivo Estatal, al presentar la cuenta pública del ejercicio fiscal que corresponda, informará de las erogaciones que eventualmente se
efectúen, de acuerdo a lo dispuesto en este artículo. Asimismo se enviará un informe mensual a la Legislatura de los ingresos excedentes
conforme a este artículo.
A T E N T A M E N T E
EL SECRETARIO DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS
DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
MTRO. JAVIER DOMÍNGUEZ MORALES
(RÚBRICA).
FE DE ERRATAS
DEL DECRETO NÚMERO 55 DE LA “LIX” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EN LA “GACETA DEL
GOBIERNO” NÚMERO 121, DE FECHA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015, SECCIÓN SEXTA.
HOJA DOS DICE:
Artículo 9. Atribuciones municipales en materia de movilidad.
DEBE DECIR:
Artículo 9.
A T E N T A M E N T E
EL SECRETARIO DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS
DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO
MTRO. JAVIER DOMÍNGUEZ MORALES
(RÚBRICA).
FE DE ERRATAS
DEL DECRETO NÚMERO 57 DE LA “LIX” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EN LA “GACETA DEL
GOBIERNO” NÚMERO 2, DE FECHA 6 DE ENERO DEL AÑO 2016, SECCIÓN QUINTA.
DICE:
DEBE DECIR:
PÁGINA 12:
ARTÍCULO PRIMERO.
ARTÍCULO 44. Las dependencias y los organismos
auxiliares del Poder Ejecutivo, los órganos autónomos, el
Poder Legislativo del Estado de México y el Poder Judicial
del Estado de México, tendrán las funciones siguientes:
PÁGINA 12:
ARTÍCULO PRIMERO.
Artículo 44. Las dependencias y los organismos auxiliares
del Poder Ejecutivo, los órganos autónomos, el Poder
Legislativo del Estado de México y el Poder Judicial del
Estado de México, tendrán las funciones siguientes:
PÁGINA 24:
ARTÍCULO TERCERO.
Artículo 5.2.
I. a II.
III.
PÁGINA 24:
ARTÍCULO TERCERO.
Artículo 5.2.
I. a II.
III.

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