Fallo no afecta a las bodas gay

AutorMartín Aquino

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley de Libre Convivencia que, desde 2013, permitía uniones de parejas del mismo sexo en Jalisco mediante contrato ante Notario; pero, eso no impide que las bodas "gay" se sigan realizando en la Entidad.

Fascinación Jiménez, presidenta de la organización Unión Diversa de Jalisco, explicó que la Ley de Convivencia permitía que dos personas se unieran, sin importar sexo o parentesco, para compartir derechos; aunque, fue diseñada para beneficiar a la comunidad lésbico gay.

Mencionó que la ventaja de esos contratos de convivencia es que se podían realizar entre dos familiares, pero no permitía obtener los mismos derechos que otorga el matrimonio civil, por lo tanto, era una legislación obsoleta.

Sin embargo, de acuerdo con la diputada del PRI, Rocío Corona, la decisión de la SCJN de invalidar la Ley, no impide que las bodas "gay" se realicen en el Estado, pues el 12 de mayo 2016 la Asamblea local acató una resolución de la Corte que ordenaba modificar el Código Civil que definía el matrimonio como unión sólo entre hombre y mujer.

"La Sociedad de Convivencia formaliza la relación de dos personas del mismo o distinto sexo que buscan apoyo mutuo, como gastos domésticos o médicos; es muy distinto al matrimonio igualitario que conlleva un mayor grado de intimidad y compromiso", apuntó la priista.

Indicó que, actualmente, los Ayuntamientos están obligados a casar a parejas homoparentales derivado de ajustes al Código Civil, lo cual no tiene relación con la Ley de Convivencia.

El legislador emecista, Augusto Valencia, dijo que la resolución de la SCJN pone en evidencia que en el Congreso de Jalisco hubo un trámite inadecuado sobre un esfuerzo tímido por garantizar derechos de quienes deciden vivir juntos, por lo que el procedimiento tendría que reponerse; aunque, eso no afectaría que se sigan realizando las bogas "gay", pues se trata de trámites diferentes.

La priista Corona coincidió al exponer que se deberá reponer el proceso presentando una nueva iniciativa ante el Congreso.

Ley de Libre Convivencia

Unión de dos personas mediante contrato ante Notario.

-Los involucrados pueden construir un patrimonio común.

-Se adquiere deber recíproco de proporcionarse alimentos.

-Se adquiere derecho de heredar por sucesión legítima.

-Se pueden reclamar beneficios como pensión y prestaciones sociales.

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