Ven fallas por liberar a reclusos peligrosos

AutorYáscara López

El actual Código Penal del DF no contempla prohibiciones para que personas que cometieron delitos muy graves como el homicidio, la violación plurisubjetiva y el secuestro les sean negado el beneficio de preliberación.

Actualmente los jueces pueden otorgar sustitutivos penales para que los delincuentes terminen de purgar su condena al exterior, acudiendo a firmar o realizando trabajos a la comunidad, sin importar el delito, consideró David Ordaz, investigador del Instituto Nacional de Ciencias Paneles.

El anterior Código Penal, detalló, contemplaba en su Artículo 85, las prohibiciones para los delitos graves dejando sin beneficios de libertad los delitos graves, pero cuando lo reformaron fue eliminado y actualmente todos los delincuentes que pueden ser preliberados, en caso de que sea el juez lo determine.

Sólo los preliberados por el Gobierno del DF...

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