Exposición De Motivos

10 de febrero de 2016 Página 3
ARTÍCULO TERCERO.- Para efecto de lo dispuesto por el artículo 55 fracción IV de la Ley Orgánica del Pod er
Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, este Decreto se publicará en el Periódico Oficial, “Gaceta del Gobierno”, el
día miércoles diez de febrero del año dos mil dieciséis y, entrará en vigor ese mismo día.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los diez días
del mes de febrero del año dos mil dieciséis. PRESIDENTA
DIP. PATRICIA ELISA DURÁN REVELES
(RÚBRICA).
SECRETARIO
DIP. GERARDO PLIEGO SANTANA
(RÚBRICA).
DIP. PATRICIA ELISA DURÁN REVELES
PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA
H. LIX LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
P R E S E N T E.
Con fundamento en lo previsto en los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 28
fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México y con el propósito de ejercer la atribución
señalada en el artículo 64 fracción I de la citada norma constitucional, nos permitimos someter a la aprobación de la Diputación
Permanente, la presente iniciativa de decreto para convocar a la “LIX” Legislatura a la celebración del Segundo Período
Extraordinario de Sesiones, con base en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
De acuerdo con lo establecido en los artículos 47 y 64 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la
Diputación Permanente, en cualquier tiempo puede convocar por propia iniciativa a períodos extraordinarios de sesiones para que la
Legislatura delibere sobre determinados asuntos que sean de su competencia.
En este sentido, advertimos que la “LIX” Legislatura tiene que cumplir con el mandato contenido en el artículo 261 del Código
Electoral del Estado de México, con motivo de la elección extraordinaria que, en su oportunidad, convocó para elegir Ayuntamiento
del Municipio de Chiautla, aprobando un mes antes de la jornada electoral los programas sociales que no se suspenderán, siendo
necesario para ello que la Representación Popular se reúna en Pleno.
Por otra parte, existen diversos asuntos, sobre todo, dictámenes emi tidos por las comisiones legislativas y cuya resolución se reserva
a la “LIX” Legislatura, por lo que, podrían formar parte de la agenda del período extraordinario.
En consecuencia, para atender el mandato democrático referido y otros asuntos de interés general para los mexiquenses, nos
permitimos proponer la presente iniciativa de decreto por la que se conv oca a la “LIX” Legislatura a la celebración del Segundo
Período Extraordinario de Sesiones para conocer, dar trámite y/o resolver los asuntos siguientes:
1.- Iniciativa de Decreto sobre Programas Desarrollo Sociales que por su naturaleza, objeto o fin no deberán suspenderse
durante la elección extraordinaria del Ayuntamiento de Chiautla, presentada por Integrantes de la Junta de Coordinación
Política.
2.- Dictamen formulado a la Iniciativa de Decreto al Congreso de la Unión, para adicionar diversas disposiciones al Código Penal
Federal, presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal. (Agrava penalidades y regula supuestos, en relación con discriminación y
acceso a cuentas bancarias para uso indebido, sin ser los titulares, utilizando medios informáticos y electrónicos).
3.- Dictamen formulado a la Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley para la Prevención, Tratamiento y Combate del
Sobrepeso, la Obesidad y los Trastornos Alimentarios del Estado de México y sus Municipios, presentada por el Titular del
Ejecutivo Estatal. (Provee un marco jurídico que desarrolla los mecanismos y las herramientas necesarias para prevenir, atender y
combatir el sobrepeso, la obesidad y trastornos alimentarios; promueve la actividad física de las personas; y favorece la ado pción
de hábitos alimenticios y nutricionales correctos).
4.- Dictamen formulado a la Iniciativa de Decreto por la que se reforma la fracción XIV y se deroga la fracción XIII del artículo 35 de
la Ley de Fomento Económico para el Estado de México, Presentada por el Titular del Ejecutivo Estatal. (Facilita el adecuado flujo
de obras artesanales en los mercados estatal, regional, nacional e internacional prescindiendo de trámites que obstaculicen su
comercialización pronta e inmediata).
5.- Dictamen formulado a la Iniciativa de Decreto por la que se autoriza al Gobierno del Estado de México, a desincorporar del
patrimonio del Gobierno del Estado un inmueble de su propiedad y sea donado a título gratuito en favor del Gobierno Federal, para
que sea destinado a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, presentada por el Titular del
Ejecutivo Estatal.
6.- Dictamen formulado a l a Iniciativa de Decreto por la que se desincorpora del patrimonio estatal y se autoriza al Ejecutivo del
Estado enajenar un inmueble propiedad del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, presentada por el
Titular del Ejecutivo Estatal.

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