Exposición de Motivos

Página 2
GACETA
OEL i.
O BU E Ft ••••
3 de julio de 2015
"2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón
-
Toluca de Lerdo, México, 2
de junio de 2015.
C_ DIPUTADA GUADALUPE GABRIELA CASTILLA GARCíA
PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE
DE LA H. "LVIII" LEGISLATURA
DEL
ESTADO
DE MÉXICO
PRESENTE
Doctor Eruviel Ávila Villegas, Gobernador Constitucional del Estado de México. en
ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 51, fracción I y 77,
fracción
V
de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de México, me
permito someter a la consideración de esa H. Legislatura por su digno conducto, le
presente Iniciativa de Decreto por el que se adiciona la Ley de Ingresos del Estado
de México para el Ejercicio Fiscal de 2015, y que tiene su fundamento en la
siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Desde su inicio, la Administración que me honro en encabezar demostró que uno
de sus principales objetivos es lograr el desarrollo económico de la Entidad, a
través del fomento a la inversión, por lo cual las acciones de gobierno se han
orientado a establecer las condiciones que aseguren una mayor competitividad
del Estado de México en el contexto nacional e internacional.
Diversos estudios demuestran los tiempos y costos asociados a los
procedimientos que se requieren legalmente para que una empresa pueda abrir y
operar formalmente, para lo cual
es
importante destacar aquellos que son
relativos a le inscripción o registro de una propiedad.
Para registrar un inmueble en la Entidad se contemplan tres etapas. En la primera
se verifica el valor de la propiedad y que esta no tenga adeudas, para lo cual, se
requiere exhibir certificado de libertad o existencia de gravámenes expedido por
el Instituto de la Función Registral del Estado de México. El trámite se lleva a cabo
en la Oficina Registra! correspondiente al lugar de ubicación del inmueble o del
domicilio social de la sociedad o asociación.
La segunda etapa. se
refiere a la escrituración y transferencia del inmueble. Aquí el
Notario Público elabora la escritura pública respectiva, cita a los interesados para
su firma y paga el Impuesto sobre Adquisición de y otras Operaciones Traslativas
de Dominio.
Finalmente la tercera etapa, es aquella donde se inscribe la transferencia en el
Registro Público y se da aviso a las dependencias correspondientes. con la
finalidad de informar a terceros la transacción y de la transferencia de la
titularidad del dominio.
Es por todo lo anterior, que se propone con la presente Iniciativa subsidiar el costo
del Certificado de Libertad o Existencia de Gravámenes y la inscripción relativa a
la propiedad de bienes inmuebles destinados a la apertura de Unidades
Económicas de bajo impacto, cuya superficie sea menor a los 2000 metros
cuadrados, a fin de potenciar a las pequeñas y medianas empresas, reconociendo
con ello su papel preponderante en la economía como motor de competencia, el
crecimiento y la generación de empleos.
En estricta observancia a los artículos 80 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de México y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de México. este instrumento se encuentra debidamente refrendado por
el Secretario General de Gobierno, José S. Manzur Quiroga.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración de esa H. Soberanía
Popular, la presente iniciativa de Decreto, para que de estimarlo correcto se
apruebe en sus términos.
Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida con5j-deración.
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
(RÚBRICA).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR