Autorización SSC/056/13-09/III-SP, expedida a favor de la empresa 'TECNOVAL de México, S.A. de C.V.'
ESTADO DE MEXICO
CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC
NUM. 001
1021 CARACTERISTICAS 1 13282801
Directora: Lic. Brenda Alejandra Romero Paredes Esquivel
Mariano Matamoros Sur No. 308
C.P.
50130
Toluca de Lerdo, Méx., miércoles 30 de octubre de 2013
Tomo CXCVI
A:202/3/001/02
No. 82
Número de ejemplares impresos: 400
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
AUTORIZACIÓN SSC/056/13-09/11I-SP, EXPEDIDA A FAVOR DE LA
EMPRESA "TECNOVAL DE MÉXICO, S.A. DE C.V.".
SUMARIO:
AVISOS JUDICIALES: 1213-Al, 740-13 I 730-El, 1263-Al, 1262-Al,
4628, 723-13 I, 724-131, 725-BI, 726-13 1 , 4644, 1259-Al, 4602, 4601,
4719, 4720, 4449, 4450, 4464, 4462, 4455, 4595 y 4598.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 4666, 4667, 4733, 4731,
4630, 731 -13 I, 1264-Al, 4629, 4659, 711-BI, 1251-Al , 4748 y4807.
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION PRIMERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
SSC
CIUDADANA
Folio No. 176
SSC/0022/13-04/SP
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 15, 19
fracción II y 21 bis fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1, 5 fracción I, 7
fracción III y 10 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México; así como el 18 fracciones I, XIV, XV, XVI y XIX
del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de
México, en fecha 23 de abril del 2013; se otorga la autorización SSC/056/13-09/11I-SP, para la prestación de
servicios de seguridad privada, dentro del territorio del Estado de México, a la persona jurídico colectiva denominada:
"TECNOVAL DE
MÉXICO, S.A. DE C.V."
Modalidad: Seguridad Privada en el Traslado de Bienes o Valores
Vigencia al 19 de Septiembre de 2015
No omitiendo señalar que la presente autorización que se otorga será personal, inalienable, intransferible e
inembargable, y contendrá la modalidad que se autoriza y condiciones a que se sujeta la prestación del servicio; la
vigencia será de dos años, y podrá ser revalidada por el mismo tiempo. La autorización o revalidación que se otorga
al Prestador del Servicio, quedará sujeta a las obligaciones establecidas en la Ley de Seguridad Privada del Estado
de México, así como al cumplimiento de otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
La Secretaria de Seguridad Ciudadana
M. en D. Rocío Alonso Ríos
(Rúbrica).
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