¿Existe la opción de no proporcionar el comprobante de retención del IVA por el pago de un flete a una persona física?

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calendario tengan fuente de
riqueza en México.
2. Cuando en el país tengan el
centro principal de sus activida-
des profesionales.
b) Las de nacionalidad mexicana
que sean funcionarios del Estado
o trabajadores del mismo, aun
cuando su centro de intereses
vitales se encuentre en el extran-
jero.
Salvo prueba en contrario, se
presume que las personas
físicas de nacionalidad mexica-
na, son residentes en territorio
nacional.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Por su parte, el artículo 1o., fracción
I, de la Ley del ISR establece lo
siguiente:
1o. Las personas físicas y las
morales están obligadas al pago
del impuesto sobre la renta en los
siguientes casos:
I. Las residentes en México,
respecto de todos sus ingresos,
cualquiera que sea la ubicación
de la fuente de riqueza de donde
procedan.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
De acuerdo con lo anterior, se consi-
deran residentes en territorio nacio-
nal las personas físicas que hayan
establecido su casa-habitación en
México; no obstante, cuando estas
personas tengan casa-habitación en
otro país se considerarán residentes
en México si en territorio nacional
se encuentra su centro de intereses
vitales, es decir, entre otros casos,
cuando más de 50% de los ingre-
sos totales que obtenga la persona
física en el año de calendario tengan
fuente de riqueza en México; ade-
más, salvo prueba en contrario, se
presume que las personas físicas de
nacionalidad mexicana son residen-
tes en territorio nacional.
Al efecto, las personas físicas resi-
dentes en México están obligadas al
pago del ISR en este país, respecto
de todos sus ingresos, cualquiera
que sea la ubicación de la fuente de
riqueza de donde procedan.
Por lo anterior, en el caso que nos
ocupa, la persona física mexicana
que vivirá en Argentina y percibirá
ingresos por el arrendamiento de
una bodega ubicada en México y
por salarios en Argentina, sólo se
considerará residente para efec-
tos fiscales en México y, por tanto,
estará obligada al pago del ISR en
territorio nacional si su centro de
intereses vitales se ubica en México,
esto es, los ingresos que percibe de
fuente de riqueza ubicada en México
sean por más de 50% de los ingre-
sos totales que obtenga en el año
de calendario.
se hará el pago del flete a dicha
persona. Al respecto, conforme
a la Ley del IVA se debe hacer la
retención del impuesto causa-
do por la operación, así como
entregarle la constancia de las
retenciones efectuadas; sin
embargo, no sé cómo se tendrá
que proporcionar la constancia.
En este sentido, escuché en un
programa de radio que existe la
opción de no entregar la cons-
tancia de la retención del IVA,
pero tengo duda al respecto.
Lector de Ecatepec, Edomex
¿Existe la opción de no pro-
porcionar el comprobante de
retención del IVA por el pago
de un flete a una persona
física?
Me desempeño como contador
de una persona moral del régi-
men general de la Ley del ISR
que se dedica a la fabricación
y venta de artesanías. En días
pasados, la empresa contrató
los servicios de una persona
física dedicada a las mudanzas
para que transportara la compra
de materias primas a una de las
fábricas. En los próximos días,
¿Existe la opción de no proporcionar
el comprobante de retención del IVA
por el pago de un flete a una perso-
na física?
No, por lo siguiente:
El artículo 1o.-A, fracción II, inciso c,
de la Ley del IVA dispone lo siguien-
te:
1o.-A. Están obligados a efectuar
la retención del impuesto que se
les traslade, los contribuyentes
que se ubiquen en alguno de los
siguientes supuestos:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
II. Sean personas morales que:
FISCAL Consultas de nuestros lectores
A44
2a. quincena
septiembre 2022

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