Extracto del Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia inicia el procedimiento para determinar si existe poder sustancial en los mercados de servicios de terminación de tráfico público conmutado previstos para efectos de las modalidades el que llama paga y el que llama paga nacional, radicado en el expediente DC-07-2007   

Fecha de disposición30 Noviembre 2007
Fecha de publicación30 Noviembre 2007
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

EXTRACTO del Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia inicia el procedimiento para determinar si existe poder sustancial en los mercados de servicios de terminación de tráfico público conmutado previstos para efectos de las modalidades el que llama paga y el que llama paga nacional, radicado en el expediente DC-07-2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia.- Expediente DC-07-2007.

“EXTRACTO DEL ACUERDO POR EL QUE LA COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA INICIA EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR SI EXISTE PODER SUSTANCIAL EN LOS MERCADOS DE SERVICIOS DE TERMINACION DE TRAFICO PUBLICO CONMUTADO PREVISTOS PARA EFECTOS DE LAS MODALIDADES EL QUE LLAMA PAGA Y EL QUE LLAMA PAGA NACIONAL, RADICADO EN EL EXPEDIENTE DC-07-2007.

Se inicia de oficio el presente procedimiento, en términos de los artículos 63 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y 33 bis de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE). El presente acuerdo no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la existencia de poder sustancial por parte de agente económico alguno, toda vez que se trata de una actuación de la autoridad tendiente a iniciar el procedimiento previsto en el artículo 33 bis, concluido el cual se emitirá la resolución que en derecho proceda, misma que no implica la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 35 de la LFCE, salvo en su caso, la prevista en la fracción III de dicho precepto. De conformidad con la fracción IV del artículo 33 bis de la LFCE, el periodo de investigación del presente procedimiento comenzará a partir de la publicación del presente extracto en el Diario Oficial de la Federación. Este extracto se publica de conformidad con el artículo 33 bis, fracción III, de la LFCE, con el objeto de que cualquier persona pueda coadyuvar en este procedimiento durante el periodo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR