Incorporación Municipal de Las Etapas Dos, Tres y Cuatro del Fraccionamiento 'las Lagunas'

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMAINCORPORACIÓNMUNICIPAL DE LAS ETAPAS DOS, TRES Y CUATRO DEL FRACCIONAMIENTO "LAS LAGUNAS".

M.C. ENRIQUE ROJAS OROZCO, Presidente Municipal de Villa de Álvarez, Colima, a sus habitantes hace SABER:

Que el H. Cabildo ordenó se publique la INCORPORACION MUNICIPAL

de las etapas dos, tres y cuatro del Fraccionamiento Las Lagunas en donde se Aprobó por Unanimidad de los integrantes del Cabildo Municipal de fecha 31 de octubre del año 2013, el dictamen y la publicación en el Periódico Oficial el Estado de Colima.

HONORABLE CABILDO DEL AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ALVAREZ, COL.

PRESENTE.

La Comisión de Ordenamiento Urbano y Desarrollo Ambiental Sustentable, integrada por el C. Manuel Ignacio Zambada Torres, la C. Esther Gutiérrez Andrade y la C. Adelaida Fernández Ramos, en su calidad de Presidente y Secretarias respectivamente, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 91 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; a los artículos 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, fracción II, incisos b, c, f; artículo 53 y artículo 119 de la Ley del Municipio Libre para el Estado de Colima; a lo establecido en el artículo 21, 22, 263, 264, 266, 272 al 278 y 282 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima y al artículo 96 fracción I, III, V, VII y X del Reglamento de Gobierno Municipal, sometemos a consideración de este Honorable Cabildo el siguiente Dictamen, a fin de analizar y aprobar en su caso la solicitud presentada por el particular para promover la incorporación municipal de las etapas dos, tres y cuatro del fraccionamiento "LAS LAGUNAS III", localizado en la ZONA NORTE de esta ciudad de Villa de Álvarez, al tenor de los siguientes:

A N T E C E D E N T E SPRIMERO.-

Mediante contrato de compraventa No. 4,796 expedido por el Lic. Mario de la Madrid de la Torre, titular de la Notaría Pública no. 9 de la Ciudad de Colima hace constar que el Sr. Jorge Cervantes González, es propietario del predio rústico constituido por el resto o la mitad poniente de la fracción número uno del predio denominado "Lagunas Cuatas", ubicado en el municipio de Villa de Álvarez; en el Estado de Colima, con superficie original de 34-50-0.00 Has, utilizando una superficie para este desarrollo de 13-50-70.23 Has, dicha escritura está inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo el folio real 034904 de fecha 13 de Mayo de 1987;

SEGUNDO.- Mediante oficio número DGOPDU DU-531/2006 de fecha 30 de Noviembre de 2006, la Dirección General de Obras Públicas y Desarrollo Urbano expide Dictamen de Vocación de Uso de Suelo PROCEDENTE para desarrollar un Fraccionamiento Habitacional Densidad Media H3;

TERCERO.

- La Dirección General del Registro Público de la Propiedad y el Comercio emite el Certificado de no gravamen del predio rústico constituido por el resto o la mitad poniente de la fracción 1, del predio denominado Lagunas Cuatas, para una superficie de 27-33-.92 Has, a través del Lic. Cuauhtémoc Gómez Cabezud, Director General del Registro Público de la propiedad y el comercio del Estado de Colima, certificado expedido con fecha de 28 de Enero de 2008.

CUARTO.- Que el Instituto Nacional de Antropología e Historia, libera parcialmente, aproximadamente 5-00-00.00 Has, según consta el oficio número de oficio CINAHC-DIR-199/2006; y con fecha de 24 de Enero de 2008, emite factibilidad para el resto del predio "Lagunas Cuatas", para construir el Fraccionamiento Lagunas III.

QUINTO.- Que el 29 de Marzo de 2008, se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" El Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento LAGUNAS III, mismo que se autorizó por el H. Cabildo el día 15 de Febrero de 2008, según consta en certificación de Cabildo expedida con fecha 19 de Febrero de 2008, por el Ing. Ramón del Toro Velasco, entonces Secretario de este H. Ayuntamiento, dicho Programa está conformado por un total de 302 lotes, 299 lotes vendibles, 108 lotes de uso Habitacional Densidad Baja (H2-U) con superficie total de 28,431.85 m2; 160 lotes de uso Habitacional Densidad Media (H3-U) con superficie total de 25,642.24 m2; 14 lotes de uso Corredor Urbano Mixto Intensidad Baja (MD-1), con superficie total de 5,724.88 m2,, 17 lotes de uso Corredor Urbano Mixto Intensidad Media (MD-2), con superficie total de 6,711.44 m2, 2 lotes de área de Cesión para Espacios Verdes (EV), con superficie 10,118.45 m 2 y 1 lote de Cesión para Equipamiento Institucional (EI), con superficie 5,016.85 m 2, una superficie de vialidad de 113,936.86 m 2, que en conjunto dan un total de 47,144.767 m2.

SEXTO.- Que con número de oficio DGOPDU DU 684/2012 de fecha 27 de Marzo de 2012, se emite licencia de urbanización correspondiente a la Etapa Única del fraccionamiento LAGUNAS III, de tipo de urbanización y edificación simultánea.

SEPTIMO.- Que con número de oficio DGOPDU DU 311/2013 de fecha 22 de Julio de 2013, se emite Modificación a la Licencia de urbanización correspondiente a las Etapas Uno a la Siete del Fraccionamiento LAGUNAS III, de tipo de urbanización y edificación simultánea.

OCTAVO.- Que la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de Colima y Villa de Álvarez, otorgó factibilidad de servicios mediante oficio No. DG.OF.NO. 354/07 de fecha 08 de junio de 2007 para desarrollar un Fraccionamiento Habitacional, requiriendo la perforación de un pozo profundo.

NOVENO.- Que la Comisión Municipal de Electricidad, otorgó factibilidad de servicios mediante oficio No. PAC/CI-021/2007 de fecha 26 de Enero de 2007;

DECIMO.- Según expediente que obra en la Dirección General de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, se encuentra el Proyecto Ejecutivo de Urbanización del fraccionamiento Las Lagunas III, en donde se señalan las obligaciones y cartas compromiso del promotor a fin de concluir dichas obras de urbanización.

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