¿En la etapa de conciliación de un concurso mercantil, la administración de la empresa corresponde al comerciante?

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Laboro como contador general en una empresa que se dedica a la compraventa de equipo de oficina. Desafortunadamente, la situación financiera de la empresa empeoró desde hace tiempo, lo que generó que el dueño solicitara la declaración del concurso mercantil de la organización. En próximos días entraremos en la etapa de conciliación con los acreedores, por lo que deseo saber si la administración de la empresa seguirá a cargo del dueño de la misma.

Lector de México, DF

Pregunta

¿En la etapa de conciliación de un concurso mercantil, la administración de la empresa corresponde al comerciante?

Respuesta

Sí, siempre que el conciliador lo considere pertinente, por lo siguiente:

El artículo 74 de la Ley de Concur-sos Mercantiles (LCM) especifica que durante la etapa de conciliación, la administración de la empresa corresponderá al comerciante, salvo lo dispuesto en el artículo 81 de la ley.

En este sentido, el artículo 81 de la LCM establece lo siguiente (énfasis añadido):

81. En caso de que el conciliador estime que así conviene para la protección de la Masa, podrá solicitar al juez la remoción del Comerciante de la administración de su empresa. Al admitir la solicitud, el juez podrá tomar las medidas que estime convenientes para conservar la integridad de la Masa. La remoción del Comerciante se tramitará por la vía incidental.

De las disposiciones citadas destaca lo siguiente:

1. Durante la etapa de conciliación, la administración de la empresa corresponderá al comerciante.

2. Lo señalado en el numeral anterior no...

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