La estructura de la ponderación convencionalizada. Criterios para el control judicial de la prisión preventiva oficiosa

AutorArnulfo Daniel Mateos Durán
CargoDoctor en Derecho por la Universidad Ruprechts-Karl Heidelberg, Alemania
Páginas115-135
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Doctrina
23
Núm. 23, julio - diciembre de 2023
Revista Penal México
La estructura de la ponderación convencionalizada.
Criterios para el control judicial de la prisión
preventiva ociosa
Doctor en Derecho por la Universidad
Ruprechts-Karl Heidelberg, Alemania
orcid: https://orcid.org/0000-0002-2874-5288
Arnulfo Daniel Mateos Durán*
Resumen: Este artículo pretende ofrecer posibles soluciones dentro del entramado constitucional mexica-
no a los problemas derivados de guras como la prisión preventiva ociosa y su incompatibilidad con los
derechos fundamentales internacionales. Con el n de alcanzar este objetivo, este artículo analiza y cues-
tiona criterios como el principio pro persona y el criterio jurisprudencial establecido por la ct 293/2011.
Finalmente, se ofrecerá un modelo dogmático como base de la ponderación convencionalizada y sus efec-
tos en la prisión preventiva ociosa.
PalabRas clave: control de convencionalidad, ponderación, pro persona, principios formales, restricciones.
abstRact: This article aims to offer possible solutions within the Mexican constitutional framework to the
problems derived from concepts as the mandatory pre-trial detention and its incompatibility with interna-
tional fundamental rights. To achieve this objective, this article analyzes and criticizes criteria such as the
pro homine principle and the judicial precedent established by the ct 293/2011. Finally, a dogmatic model
is offered as a basis for the conventionalized balancing and its effects on mandatory pre-trial detention.
KeywoRds: control of conventionality, balancing, pro homine, formal principles, restrictions.
Rec: 14/05/2023 | Fav: 26/06/2023
* Doctor en Derecho por la Universidad Ruprechts-Karl Heidelberg en Alemania. Licenciado en Derecho por la Universidad Nacio-
nal Autónoma de México. Maestría en Derecho en la Universidad Ruprechts-Karl Heidelberg. Agradezco al Dr. Alejandro Nava Tovar
por la revisión a este texto. Asimismo, agradezco al Prof. Martin Borowski por sus comentarios y críticas a las ideas presentadas en este
trabajo.
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La estructura de la ponderación convencionalizada. Criterios para el control judicial de la prisión preventiva ociosa
Revista Penal México
Núm. 23, julio - diciembre de 2023
1. Introducción
La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (cidh) del caso García Rodríguez y otros
vs. México1 constituye un hito para el sistema cons-
titucional mexicano debido a que el cumplimiento
de este fallo exige una restructuración del sistema
constitucional mexicano, ya sea a partir de una refor-
ma constitucional o la necesaria modicación de los
criterios jurisprudenciales actuales, puesto que tras-
toca una cuestión de gran relevancia para la política
criminal y constitucional de la actual y las anteriores
administraciones del gobierno. En otras palabras: la
gura de la prisión preventiva ociosa. Situación que
dicultará los consensos políticos necesarios para lle-
var a cabo la necesaria reforma constitucional y que
abre la puerta a otras formas de cumplimiento ofreci-
das por la Constitución mexicana.
Esta sentencia es el producto de una serie de ten-
siones existentes entre la conguración del sistema
constitucional mexicano y el sistema interamerica-
no de derechos humanos fundado en la Convención
Americana de Derechos Humanos. Por un lado, la
jurisprudencia de la cidh se caracteriza por establecer
criterios de cumplimiento estrictos para los Estados
miembros a la Convención (Vasel, 2017: 159); por el
otro, los criterios jurisprudenciales establecidos por
las decisiones jurisdiccionales de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (scjn) como la Contradicción
de Tesis 293/2011 crean nichos de tensión y contra-
1 cidh, García Rodríguez y otros vs. México, sentencia de 25 de
enero de 2023 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y
Costas).
dicción entre las dos esferas de protección de los de-
rechos fundamentales. En este sentido, los fallos de
la cidh son el producto de una contradicción respecto
del alcance y efecto de los derechos fundamentales
a nivel nacional e internacional. Dicha tensión no se
circunscribe solo a la interpretación de los derechos,
sino también a las diferencias existentes en las restric-
ciones de los derechos fundamentales previstas en los
catálogos nacionales e internacionales.
No obstante, los problemas subyacentes al cum-
plimiento para el Estado mexicano no constituyen un
fenómeno aislado en el sistema mexicano, ni en el
sistema interamericano, ni mucho menos a nivel in-
ternacional. Lo anterior, porque contradicciones entre
derecho nacional e internacional son situaciones que
suceden en todo ordenamiento jurídico que incorpora
tratados internacionales o que reconozca la aplicación
directa de principios internacionales a nivel nacional.
Tal tipo de contradicciones son resueltas, en la mayo-
ría de los casos, a partir de las reglas de solución de
antinomias tales como el principio lex superior dero-
gat legi inferiori o lex posterior derogat legi priori.
Sin embargo, un caso particular puede observarse en
las contradicciones entre normas que protegen dere-
chos fundamentales.
Lo anterior se debe en gran medida a las libertades
y bienes jurídicos que garantizan estas normas, cuya
protección es de mayor importancia para los indivi-
duos que detentan tales derechos. Aunque en los ini-
cios del derecho internacional moderno los individuos
dentro de los Estados nacionales no eran reconocidos
como sujetos de derecho internacional, después de la
Segunda Guerra Mundial —y debido las atrocidades
sumaRio: 1. Introducción. 2. Los derechos fundamentales como derechos morales positivizados. 3. La
estructura del examen de los derechos fundamentales nacionales e internacionales. 4. Los límites del
principio pro persona o pro homine. 5. Los modelos dogmáticos para explicar la relación entre derechos
fundamentales nacionales e internacionales. 5.1. El modelo de prelación o preferencial. 5.2. El modelo del
derecho fundamental híbrido. 5.3. El modelo del examen paralelo de los derechos fundamentales. 5.4. El
modelo dogmático a elegir. 6. La ponderación convencionalizada. 6.1. La estructura de la ponderación
entre derechos fundamentales nacionales. 6.2. La vinculación de las decisiones del legislador democrático
nacional. 6.3. La vinculación de los precedentes internacionales. 6.4. La reconstrucción del margen de
discrecionalidad del legislador y el efecto de la jurisprudencia internacional a través de los principios
formales. 6.5. La estructura de la ponderación convencionalizada. 7. La ponderación convencionalizada
en el caso de la prisión preventiva ociosa. 8. Conclusiones. 9. Bibliografía.

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