Estatuto del Servicio Fiscalizador de Carrera de la Auditoría Superior de la Federación
Fecha de disposición | 29 Diciembre 2005 |
Fecha de publicación | 29 Diciembre 2005 |
Emisor | AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION |
Sección | SEGUNDA. Poder Legislativo |
ESTATUTO del Servicio Fiscalizador de Carrera de la Auditoría Superior de la Federación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados.
ESTATUTO DEL SERVICIO FISCALIZADOR DE CARRERA DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION.
ARTURO GONZALEZ DE ARAGON O., Auditor Superior de la Federación, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 79, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 74, fracciones I y XX y 85, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; 4, párrafo primero, y 5, fracción I, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación; he tenido a bien expedir el siguiente:
ESTATUTO DEL SERVICIO FISCALIZADOR DE CARRERA DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION
MARCO JURIDICO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
Artículos 79 y 123, apartado “B”, fracción XIV.
Ley de Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Código Federal de Procedimientos Civiles.
Ley de Fiscalización Superior de la Federación:
Artículos 79, fracciones I y IV; 85, 87, y 88.
Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación:
Artículos 2, 7, fracciones X, XI y XIX; 11, fracciones V y XII; 13, fracciones I, III, V, VIII y X; 14, fracciones X, XI y XII; 27, fracciones XV y XXI; 29, fracciones I, IV y VIII; 32, 33, fracción VII, y 34, fracción XIV.
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Artículos 19, fracciones I y II, y 23 al 26.
Código de Etica Profesional de la ASF.
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Las bases para la planeación, organización, operación, desarrollo, control y evaluación del Servicio Fiscalizador de Carrera.
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Los derechos, obligaciones, prohibiciones, sanciones y los procedimientos para imponerlas, así como para interponer los medios de impugnación con los que cuentan los miembros del Servicio.
ASCENSO | Al movimiento del personal de carrera a puestos de mayor jerarquía. |
ASF | A la Auditoría Superior de la Federación. |
CATALOGO | Al documento que establece las funciones, responsabilidades, perfil requerido y descripción de los puestos que integran la estructura orgánica de la Auditoría. |
COMITE | Al Comité Directivo del Servicio. |
CONCURSO DE OPOSICION | Al procedimiento administrativo para seleccionar y designar al personal del Servicio Fiscalizador de Carrera. |
CONSEJO | Al Consejo de Dirección de la Auditoría Superior de la Federación. |
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA | Aquella dirigida a servidores públicos en general o para todo interesado que desee ingresar al Servicio. |
DGA | A la Dirección General de Administración. |
DGJ | A la Dirección General Jurídica. |
ESTATUTO | Al Estatuto del Servicio Fiscalizador de Carrera de la Auditoría Superior de la Federación. |
GRADO SALARIAL | A la remuneración asignada a los servidores públicos en una escala horizontal dentro de un mismo puesto. |
ICADEFIS | Al Instituto de Capacitación y Desarrollo en Fiscalización Superior. |
ISSSTE | Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. |
PERSONAL DE CARRERA | A los servidores públicos que cumpliendo con los requisitos previstos en este estatuto, obtengan nombramiento como miembros del servicio. |
PERSONAL DE DESIGNACION TEMPORAL | A los servidores públicos que cubran plazas vacantes de urgente ocupación consideradas del Servicio, por un periodo de tiempo determinado. |
PERSONAL DE LIBRE DESIGNACION | A los servidores públicos que son nombrados de manera directa y no forman parte del Servicio. |
PLAN DE CARRERA | A las trayectorias de promoción de grado o ascenso mediante concurso de oposición, que puede cubrir el personal de carrera para ocupar de manera progresiva, los distintos grados de un puesto; y, los diferentes niveles jerárquicos de la estructura organizacional. |
PLAN DE PROFESIONALIZACION | Al conjunto estructurado y sistemático de actividades de capacitación y desarrollo en materia de rendición de cuentas, fiscalización, administración y jurídica que tiene el fin de promover y mantener la excelencia profesional de los servidores públicos de la ASF. |
PLAZA | A la posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de un servidor público, que tiene una adscripción determinada y está respaldada presupuestalmente. |
PROFESIONALIZACION | Al proceso de capacitación, actualización, desarrollo y especialización que contribuirá a la formación de servidores públicos altamente competitivos. |
PROMOCION | Al movimiento del personal de un grado salarial a otro en un mismo puesto como resultado del aprovechamiento de la capacitación y el desempeño. |
PUESTO | A la unidad impersonal de trabajo que se encuentra establecida en el Catálogo de Puestos, que describe funciones, establece deberes específicos y delimita jerarquía y competencia. |
RAMAS DE ESPECIALIDAD | Al agrupamiento de las diferentes funciones que conforme a la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y al Reglamento Interior de la ASF están a cargo de las unidades administrativas. |
RUTA DE CAPACITACION | Al conjunto de materias que el personal de carrera deberá cubrir conforme a la trayectoria vinculada a su rama de especialidad y a su puesto. |
SERVICIO | Al Servicio Fiscalizador de Carrera. |
TABULADOR DE SUELDOS | Al instrumento técnico donde se fijan los grados salariales de los puestos. |
TRAYECTORIA | Secuencia funcional de los puestos, dentro de una escala ascendente, que corresponde a una rama de especialidad. |
UGA | A la Unidad General de Administración. |
UNIDADES ADMINISTRATIVAS | A las que se encuentran establecidas en el Artículo segundo del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación. |
Las bases en las que se sustenta el Servicio son: la igualdad de oportunidades, la profesionalización, los conocimientos necesarios, el ingreso abierto a todos los puestos de confianza hasta subdirector de área, el desempeño adecuado, la evaluación permanente, la transparencia de los procedimientos, la observancia de los principios rectores, la competencia de sus miembros y la separación de quienes no cubran el mínimo de competencias requeridas.
Sólo el trabajador de confianza será considerado como personal de carrera y la relación laboral se regirá por el apartado “B”, fracción XIV, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; por la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; por el Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, así como por el presente Estatuto.
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Contribuir al cumplimiento de los objetivos de la ASF a través de un sistema de gestión de servidores públicos de carrera de alto desempeño, que a la vez propicie su estabilidad laboral y desarrollo profesional.
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Seleccionar al personal de carrera, mediante concursos de oposición, conforme a lo que establece el Artículo 47 de este Estatuto, en igualdad de oportunidades, con base en los conocimientos, habilidades, experiencia y en méritos propios, para dotar a la ASF de servidores públicos calificados, profesionales y especializados.
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Propiciar la formación del personal, mediante la profesionalización y capacitación, sustentada en la evaluación del desempeño y establecer un sistema de ingreso, permanencia, ascenso y promoción, transparente, en correspondencia con las especialidades de la ASF y sus requerimientos, de acuerdo con la disponibilidad de recursos.
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Contribuir a que el desempeño de...
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