Lineamientos Específicos que regulan los apoyos para el desarrollo de Estrategias de Gestión Integral de Riesgos

Fecha de disposición28 Abril 2010
Fecha de publicación28 Abril 2010
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría de Gobernación. LAURA GURZA JAIDAR, Coordinadora General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, MANUEL LOBATO OSORIO y JOSE ALFONSO MEDINA Y MEDINA, Titulares de las Unidades de Seguros, Pensiones y Seguridad Social y de Política y Control Presupuestario, respectivamente, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 27 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 32 de la Ley General de Protección Civil; 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 32, 62 y 107 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y 28 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 parte de establecer una estrategia clara y viable para avanzar en la transformación de México sobre bases sólidas, realistas y responsables, por lo que tomando en cuenta esas bases y la realidad, surge la necesidad de transitar de un sistema de protección civil reactivo a uno preventivo, con la corresponsabilidad y participación de los tres órdenes de gobierno, y los sectores social y privado, existiendo una responsabilidad compartida en aquellos programas que requieren la concurrencia y coordinación para la atención de los desastres, así como la revisión cuidadosa de los procedimientos para asignar los recursos del Fondo de Desastres Naturales con la agilidad que se requiere;

Que es prioritario fortalecer la normativa para establecer medidas que den cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, al Programa Nacional de Protección Civil 2008-2012, y al Sistema Nacional de Protección Civil;

Que el aumento en la frecuencia y diversidad de los fenómenos naturales ocurridos en los últimos años, la magnitud de sus consecuencias, así como el constante desembolso de recursos, determina como prioridad la búsqueda de mecanismos de reacción y protección mejores que permitan a los distintos órdenes de gobierno responder de manera pronta y eficaz;

Que el Fondo de Desastres Naturales propicia la coordinación de los tres órdenes de gobierno con responsabilidad conjunta, respetando sus respectivos ámbitos de competencia, en la realización de acciones, la aportación, el ejercicio y la comprobación de recursos con oportunidad y transparencia, y

Que el numeral 28 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de mayo de 2009 prevé el otorgamiento de apoyos a las Entidades Federativas que lo soliciten para desarrollar una estrategia de gestión integral de riesgos, señalando que las secretarías de Gobernación, y de Hacienda y Crédito Público deberán emitir lineamientos específicos para su aplicación, hemos tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS ESPECIFICOS QUE REGULAN LOS APOYOS PARA EL DESARROLLO DE ESTRATEGIAS DE GESTION INTEGRAL DE RIESGOS

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Primero. Los presentes Lineamientos, tienen por objeto establecer el procedimiento a través del cual las Entidades Federativas podrán acceder a los apoyos referidos en el Capítulo IV, Sección I de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales.

Segundo. Las definiciones previstas en el numeral 5 de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales, resultarán aplicables a los presentes Lineamientos. En adición a lo anterior, se entenderá en singular o plural por:

  1. Acciones: las tareas orientadas al desarrollo de una estrategia de gestión integral de riesgos

    relacionadas con realización de inventarios de bienes, identificación de los riesgos a los que están expuestos, así como su grado de vulnerabilidad; definición de esquemas de administración y transferencia de riesgos, incluyendo medidas de prevención y mitigación, de acuerdo con lo señalado en las fracciones I a III del numeral 29 de las Reglas;

  2. Apoyos: el auxilio Técnico y Económico para la realización de Acciones a que se refiere la fracción I anterior;

  3. Apoyo Económico: los recursos públicos autorizados para la realización de las Acciones con cargo al fideicomiso FONDEN;

  4. Apoyo Técnico: asistencia o asesoría que otorgue la Dirección General del FONDEN y la Unidad de Seguros a las Entidades Federativas para la realización de Acciones;

  5. Estrategia de Gestión Integral de Riesgos: el proceso de planeación, organización e instrumentación de un esquema de administración de riesgos incluyendo el diseño de los instrumentos financieros para su transferencia, su fin último es la previsión, reducción y control priorizado y permanente del riesgo de desastre en la sociedad, combatir las causas estructurales de los desastres y fortalecer las capacidades de la resiliencia de la sociedad, integrada al logro de pautas de desarrollo sostenible.

    Se basa en una permanente retroalimentación del conocimiento de la amenaza natural y las acciones más pertinentes para reducir la vulnerabilidad de las personas, bienes, infraestructura estratégica y medio ambiente, expuestos a un desastre.

    Comprende distintos niveles de coordinación e intervención inter e intrasectoriales, que van de lo federal a lo local y viceversa, en los ámbitos social, territorial y gubernamental. La gestión integral de riesgos debe considerar su origen multifactorial y su permanente proceso de construcción y, por lo tanto, su reducción en todas las etapas que involucra: previsión, identificación de peligros y riesgos, prevención, mitigación, preparación, atención de emergencias, recuperación y reconstrucción por parte de todos los sectores;

  6. Entregable: documento a través del cual la Entidad Federativa comprueba que ha dado cumplimiento total a alguna de las Acciones, y

  7. Lineamientos: a los presentes Lineamientos Específicos que Regulan los Apoyos para el Desarrollo de Estrategias de Gestión Integral de Riesgos.

CAPITULO II

DE LA SOLICITUD DE RECURSOS

Tercero. La Entidad Federativa que requiera acceder a los Apoyos, enviará a la Dirección General del FONDEN, a través del formato previsto en el Anexo I de los presentes Lineamientos, una carta de intención, solicitando una audiencia para exponer su caso, la cual deberá estar suscrita por el Titular del Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate o, en su defecto, por el servidor público facultado para tales efectos.

Corresponderá a la Unidad de Seguros elaborar y mantener actualizados los formatos con base en los cuales se presentará la documentación e información requerida.

La...

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