¿Es obligatorio digitalizar y transmitir el certificado de origen conforme al TLCAN?
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¿Es obligatorio digitalizar y transmitir el
certifi cado de origen conforme al TLCAN?
Introducción
Según el artículo 36 de la LA, quienes int roduzcan o ex-
traigan mercancías del país están obligados a transmitir,
a través del sistema electrónico aduane ro, en documento
electrónico a las autoridades aduaneras, un pedimento
con información referente a dichas merc ancías; mientras
el artículo 36-A de la misma ley precisa los documentos
que se deben anexar al pedimento de importación o ex-
portación, entre ellos, el cert ificado de origen.
Comentamos el criterio respecto a si es obligatorio di-
gitalizar y transmitir el certificado de origen conforme al
TLCAN.
Documentación que se debe prese ntar para la im-
portación de mercancías
El artículo 36 de la LA establece que quienes introduz-
can o extraigan mercancías del territ orio nacional para
destinarlas a un régimen aduanero, deberán tran smitir, a
través del sistema electrónico aduanero, en documento
electrónico a las autoridades aduaneras, un pedimen-
to con información referente a las mercancías, en los
términos y condiciones que disponga el SAT median-
te reglas; será obligatorio emplear la firma electrónica
avanzada o el sello digital, así como proporcionar una
impresión del pedimento con la información correspon-
diente, el cual llevará impreso el código de barras.
Por su parte, la fracción I del art ículo 36-A de la LA indica
que para la importación de mercancías se debe trans-
mitir en documento elec trónico o digital como anexa al
pedimento, excepto lo previsto en las disposiciones apli-
cables, la información que a continuación se describe, la
cual deberá contener el acuse generado por el sistema
electrónico aduanero:
1. La relativa al valor y demás datos relacionados con la
comercialización de las mercancías, contenidos en
la factura o documento equivalent e, cuando el valor
en aduana de las mismas se determine conforme al
valor de transacción, y se declare el acu se corres-
pondiente que se señala en el art ículo 59-A de la LA.
Taller de prácticas
COMERCIO
EXTERIOR
B7
1a. quincena
octubre 2017
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