¿Es deducible para el ISR la donación de servicios de mantenimiento de computadoras?

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Soy contador de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica al mantenimiento de computadoras y otros aparatos electrónicos. En días pasados, una asociación civil con fines no lucrativos que se encuentra autorizada por las autoridades tributarias para recibir donativos deducibles nos requirió para que le demos mantenimiento a unas computadoras que utiliza en sus actividades. Al efecto, considerando lo anterior, la empresa desea donarle los servicios, es decir, no cobrarle ninguna contraprestación por el mantenimiento de sus computadoras. En este sentido, tengo duda si la donación que se efectúe podrá deducirse para el ISR.

Lector de Puebla, Puebla

Pregunta

¿Es deducible para el ISR la donación de servicios de mantenimiento de computadoras?

Respuesta

No, por lo siguiente:

El artículo 27, fracción I, de la Ley del ISR dispone lo siguiente:

27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria y que se otorguen en los siguientes casos:

a) A la Federación, entidades federativas o municipios, sus organismos descentralizados que tributen conforme al Título III de la presente Ley, así como a los organismos internacionales de los que México sea miembro de pleno derecho, siempre que los fines para los que dichos organismos fueron creados correspondan a las actividades por las que se puede obtener autorización para recibir donativos deducibles de impuestos.

b) A las entidades a las que se refiere el artículo 82 de esta Ley.

c) A las personas morales a que se refieren los artículos 79, fracción XIX y 82 de esta Ley.

d) A las personas morales a las que se refieren las fracciones VI, X, XI, XX, y XXV del artículo 79 de esta Ley y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 82 de la misma Ley.

e) A las asociaciones y sociedades civiles que otorguen becas y cumplan con los requisitos del artículo 83 de esta Ley.

f) A programas de escuela empresa

El Servicio de Administración Tributaria publicará en el Diario Oficial de la Federación y dará a conocer en su página electrónica de Internet los datos de las instituciones a que se refieren los incisos b), c), d) y e) de esta...

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