¿Es deducible para el ISR la compra de papelería cuyo comprobante contiene un nombre diferente al del contribuyente que adquirió el producto?

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¿Una persona moral debe retener IVA
a una persona física que le otorga en
arrendamiento una maquinaria?
a) Prestación de servicios perso-
nales independientes;
b) Prestación de servicios de
comisión; y
c) Otorgamiento del uso o goce
temporal de bienes.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Conforme a lo anterior, las personas
morales que usen o gocen temporal-
mente bienes otorgados por perso-
nas físicas están obligadas a efectuar
la retención del IVA que se les tras-
lade; en este caso, la retención se
hará por las dos terceras partes del
impuesto que se les traslade y que
haya sido efectivamente pagado.
Según se observa, la Ley del IVA
establece la obligación de retener el
IVA en el caso de personas mora-
les a quienes una persona física
les otorgue el arrendamiento de un
bien, ya sea inmuebles o muebles,
pues la ley no distingue al respecto.
Por consiguiente, una persona moral
sí debe retener IVA a una persona
física que le otorga en arrendamien-
to una maquinaria.
¿Es deducible para el ISR la
compra de papelería cuyo
comprobante contiene un
nombre diferente al del contri-
buyente que adquirió el pro-
ducto?
Me desempeño como conta-
dor de una persona moral del
régimen general de la Ley del
ISR que se dedica a prestar
servicios de tintorería y lavande-
ría. Recientemente, uno de los
empleados de la compañía viajó
por cuestiones de trabajo a Cór-
Sí, por lo siguiente:
El artículo 1o.-A, fracción II, inciso a,
de la Ley del IVA dispone lo siguien-
te (énfasis añadido):
1o.-A. Están obligados a efectuar
la retención del impuesto que se
les traslade, los contribuyentes
que se ubiquen en alguno de los
siguientes supuestos:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
II. Sean personas morales que:
a) Reciban servicios personales
independientes, o usen o gocen
temporalmente bienes, presta-
dos u otorgados por personas
físicas, respectivamente.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Al respecto, el artículo 3o., fracción
I, del Reglamento de la Ley del IVA
indica lo siguiente (énfasis añadido):
3o. Para los efectos del artículo
1o.-A, último párrafo de la Ley,
las personas morales obligadas a
efectuar la retención del impuesto
que se les traslade, lo harán en
una cantidad menor, en los casos
siguientes:
I. La retención se hará por las
dos terceras partes del impues-
to que se les traslade y que
haya sido efectivamente paga-
do, cuando el impuesto le sea
trasladado por personas físicas
por las operaciones siguientes:
doba, Veracruz, y en esa ciudad
realizó la compra de papelería
para la empresa; el estableci-
miento donde se hizo la compra
expidió el comprobante con el
nombre del empleado, pero con
el RFC de la compañía. Debido
a que no se ha podido contactar
al establecimiento para que re-
emplace el comprobante, tengo
duda si se puede deducir para
el ISR el gasto mencionado con
el comprobante, pues escuché
en un programa de radio que el
nombre o la razón o denomina-
ción social de quien adquiere
un producto no es uno de los
requisitos que deban contener
los comprobantes fiscales.
Lector de Tlalnepantla, Edomex
¿Es deducible para el ISR la compra
de papelería cuyo comprobante
contiene un nombre diferente al
del contribuyente que adquirió el
producto?
En nuestra opinión, sí, por lo si-
guiente:
El artículo 27, fracción III, primer
párrafo, de la Ley del ISR especifica
lo siguiente (énfasis añadido):
27. Las deducciones autorizadas
en este Título deberán reunir los
siguientes requisitos:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
FISCAL
Consultas de nuestros lectores
A55
1a. quincena
agosto 2018
Taller fiscal 851- 3a parte.indd 55 20/07/18 14:51

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