¿Aplica una sanción para las empresas que envíen publicidad a los consumidores inscritos en el Registro Público para Evitar Publicidad (RPEP) operado por la Profeco?

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Laboro como contador general en una agencia de viajes. Nuestro plan de marketing en los próximos meses consistirá en ofrecer nuestros servicios mediante llamadas telefónicas y el envío de manera masiva de publicidad por correo electrónico. Al respecto, un colaborador me comentó que podríamos ser sancionados por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en caso de que se envíe publicidad a consumidores inscritos al RPEP de la procuraduría. Desconozco si esto es posible.

Lector de México, DF

Pregunta

¿Aplica una sanción para las empresas que envíen publicidad a los consumidores inscritos en el RPEP operado por la Profeco?

Respuesta

Sí; por lo siguiente:

El artículo 18-Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) dispone lo siguiente (énfasis añadido):

18 BIS. Queda prohibido a los proveedores y a las empresas que utilicen información sobre consumidores con fines mercadotécnicos o publicitarios y a sus clientes, utilizar la información relativa a los consumidores con fines diferentes a los mercadotécnicos o publicitarios, así como enviar publicidad a los consumidores que expresamente les hubieren manifestado su voluntad de no recibirla o que estén inscritos en el registro a que se refiere el artículo anterior. Los proveedores que sean objeto de publicidad son corresponsables del manejo de la información de...

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