Enrique Krauze / Cuando la Corte hacía la corte

AutorEnrique Krauze

La Suprema Corte de Justicia porfiriana sobrevivió a la Revolución maderista, respaldó al régimen de Victoriano Huerta y sucumbió ante la Revolución constitucionalista, que la clausuró el 25 de agosto de 1914.

La Constitución de 1917 estableció una SCJN autónoma. Se le confirieron nuevas facultades: revisar sentencias de tribunales federales, conocer hasta cierto punto controversias entre poderes y niveles de Gobierno, investigar la violación grave de las garantías individuales. Con la supresión de la Secretaría de Justicia, la judicatura ganó en independencia. Comenzaba la reconstrucción institucional del Poder Judicial.

Por desgracia, fue muy limitada. A partir de la creación del PNR, la Corte comenzó a verse excluida de aspectos fundamentales del proyecto revolucionario. Sucedió con el reparto agrario. Como los procesos judiciales entorpecían la dotación de tierras a los ejidos, en diciembre de 1931 se reformó la Ley Agraria de 1915 para dejar sin derecho de amparo a los propietarios afectados.

Ese mismo año, un valiente Ministro de la Corte, Alberto Vásquez del Mercado, tomó la decisión sin precedente de renunciar a su cargo como protesta ante la violación de un amparo que protegía a Luis Cabrera, antiguo revolucionario que había sido expulsado del país por criticar al régimen en una conferencia.

En 1934, Lázaro Cárdenas fue más lejos: disolvió la Corte para nombrar una nueva, no solo dependiente del Ejecutivo sino renovable sexenalmente.

Aunque en 1940 Manuel Ávila Camacho decretó la inamovilidad de los Ministros y la Corte no dejó de emitir amparos contra actos de gobierno (sobre todo en áreas mercantiles), en términos políticos acompañó sus medidas más represivas y autoritarias, como el delito de "disolución social".

Este tipo de legislación penal se creó en 1941, en previsión a una posible participación de México en la Segunda Guerra Mundial. En 1951, durante el sexenio del Presidente Miguel Alemán, el artículo se reformó para enfilarlo en contra de los simpatizantes del comunismo y de otros disidentes de izquierda. Cualquier opositor corría peligro: un manifestante, un artista, un periodista, un intelectual. La primera aplicación mayor de este artículo bárbaro ocurrió con la huelga ferrocarrilera de 1959. Los ferrocarrileros detenidos a raíz de ese movimiento interpusieron solicitudes de amparo fundamentadas en el carácter inconstitucional de ese delito político, aduciendo la vaguedad de su definición legal. La Sala Penal de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR