Se presenta iniciativa de reformas a la Ley del ISR en relación con la deducción de inversiones para la generación de energía proveniente de fuentes renovables

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El 29 de noviembre pasado, los diputados Verónica Velas-co Rodríguez y José Antonio Arévalo González, integrantes del grupo parlamentario Partido Verde Ecologista de México, presentaron ante el pleno de la Cámara de diputados la Iniciativa Decreto que reforma el artículo 40, fracción XII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

En su exposición de motivos, los diputados indicaron que se estima que 13.3% de la oferta energética primaria total en el mundo es producida por medio de fuentes renovables de energía, es decir, a través de energía hidráulica, geotérmica, solar, de las mareas, eólica, residuos municipales, biomasa y biogas.

Del porcentaje mencionado, 79.5% corresponde a combustibles renovables y residuos, distribuidos de la siguiente forma: 77.5% de biomasa sólida, 1 % a biomasa líquida y 0.7% a residuos municipales; el restante 20.5% se divide en hidráulica con 16.6%, 3.1% de geotérmica, 0.4% del viento y 0.3% a solar y de las mareas.

En el periodo 1990-2003, la fuente renovable de energía que experimentó mayor crecimiento fue la eólica, con 23.9% en promedio; el conjunto de residuos municipales, el biogas y la biomasa líquida creció en 8.2% promedio, y la solar 6.1% en promedio.

Respecto a la generación de electricidad por fuentes renovables de energía, para 2003, a nivel mundial dichas fuentes tuvieron una participación de 17.6%, principalmente la hidroeléctrica, con más de 90% (hidroeléctrica, 15.9%; geotérmica, eólica, solar y marea, 0.7%; y bio-gás, biomasa y residuos, 1%).

En el mundo, los sectores que más utilizan fuentes renovables de energía son el residencial, el comercial y el público, que totaliza 58.6% seguido de la generación de electricidad, con 21.3%, y el sector industrial, con 11.3%.

Enseguida se encuentra la contribución de las fuentes renovables de energía en la oferta total energética primaria mundial y la participación de dichas fuentes en la generación de electricidad.

En nuestra legislación tributaria, para efectos de la deducción autorizada de 100% de las inversiones en maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables, el artículo 40, fracción XII, segundo párrafo, de la Ley del ISR establece que son fuentes renovables la "energía solar en todas sus formas; la energía eólica; la energía hidráulica, tanto cinética como potencial, de cualquier cuerpo de agua natural o artificial; la energía de los océanos en sus distintas formas; la energía geotérmica, y la energía...

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