Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Desarrollos Integrales de Ingeniería, S.A. de C.V

Fecha de disposición07 Diciembre 2006
Fecha de publicación07 Diciembre 2006
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Desarrollos Integrales de Ingeniería, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.- Area de Responsabilidades.- Expediente 0049/2006.- Acumulado 0051/2006.

CIRCULAR OIC/CAPUFE/TARQ/0035/2006

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA DESARROLLOS INTEGRALES DE INGENIERIA, S.A. DE C.V.

Empresa: Desarrollo Integral de Ingeniería, S.A. de C.V.

Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.

Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria, 77 y 78 fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 3 letra D y 67 fracción I punto 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo tercero de la resolución número 09/120/G.I.N./T.A.R.Q.-3212/2006 de fecha treinta y uno de octubre de dos mil seis, que se dictó en el expediente número 0049/2006 y su acumulado 0051/2006, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa Desarrollos Integrales de Ingeniería, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente a aquel en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de...

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