Estímulo fiscal para la creación de empleos en zonas marginadas. El SAT da a conocer un ejemplo de aplicación del mismo y la ficha técnica para ingresar la información correspondiente

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Conforme al artículo noveno del Decreto por el que se establece el programa para la creación de empleo en zonas marginadas, publicado en el DOF el 4 de marzo de 2008, tienen derecho a un estímulo fiscal las personas que tributen en los términos de los títulos II (personas morales) o IV, capítulo II, sección I (personas físicas con actividades empresariales y profesionales), de la Ley del ISR, que se adhieran al programa que establece este decreto, consistente en deducir de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo respecto de los cuales se pueda aplicar el artículo 220 de la Ley del ISR, que realicen en los centros productivos en comunidades marginadas del país que reúnan las condiciones que permitan el desarrollo de empresas que representen fuentes permanentes de empleo, durante el periodo comprendido entre el 5 de marzo de 2008 y el 31 de diciembre de 2012, en el ejercicio en el que...

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