Declaratoria de abandono de la embarcación denominada Ensenada, con matrícula 0201119233-6, clase N/D, tipo pesquera

Fecha de disposición05 Julio 2011
Fecha de publicación05 Julio 2011
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Coordinación General de Puertos y Marina Mercante.- Dirección General de Marina Mercante.- Capitanía de Puerto de San Carlos, B.C.S.- Oficio 7.2.513.O.A.058/2011. EL C. CAPITAN DE ALTURA JOSE ZATARAIN MORENO, Capitán de Puerto en San Carlos, en el Estado de Baja California Sur, con fundamento en los artículos 36 fracciones XVIII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción VI y 6 fracción XX de la Ley General de Bienes Nacionales; 1, 2, 4, 5, 6, 7 fracción I, 9 fracciones IV, V, VIII y XIV, 13 fracción II, 53 tercer párrafo, 78, 80 fracción VI y 89 fracción IV de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 2 fracción XXIII.1, 28 fracción I y 29 fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y

CONSIDERANDO

Que el día 6 de septiembre de 2009, la Capitanía de Puerto de San Carlos, avisó a la empresa "Pesquera María Gabriela, S.A. de C.V.", bajo el carácter esta última de propietaria de la embarcación denominada "ENSENADA", del hundimiento de dicha embarcación en el muelle ubicado en la cabecera sur de la "Administración Portuaria Integral de Baja California Sur, S.A. de C.V.", ocurrida tras el paso del huracán Jimena, siendo notificado el mismo día el C. Víctor Manuel López Félix, por ser el administrador único y representante legal de la citada sociedad "Pesquera María Gabriela, S.A. de C.V.".

Que mediante oficio de fecha 8 de septiembre de 2009, esta Capitanía de Puerto requirió a "Pesquera María Gabriela, S.A. de C.V.", para que en un plazo no mayor de tres meses -contados a partir de la fecha misma de su notificación-, cumpliera con la orden de llevar a cabo las maniobras necesarias para la extracción o reflotación de la embarcación hundida que le pertenece, motivando su actuación en lo dispuesto por el artículo 167 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, siéndole notificada dicha disposición el día 9 de septiembre de 2009, ante lo cual el C. Víctor Manuel López Félix, administrador único y representante legal de dicha empresa, informó a esta Capitanía de Puerto, mediante escrito de fecha 10 de septiembre de 2009, que a partir de ese momento iniciaría las maniobras pertinentes para reflotar la embarcación, con el auxilio de la empresa "Commercial Diving Baja, S.A...

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